Como ocurre con todas las pruebas, debemos plantearnos la misma pregunta con las publicaciones en redes sociales. ¿Las admitimos? Sin embargo, a diferencia de un contrato o un garabato en una hoja de papel, las publicaciones en redes sociales plantean un obstáculo diferente, aunque similar, para su admisibilidad. Al igual que al intentar admitir un contrato o una nota garabateada en una hoja de papel como prueba, existen cuestiones de autenticación, relevancia, si su efecto es más probatorio que perjudicial, y si existen posibles objeciones o excepciones basadas en rumores.
El acceso a las publicaciones en redes sociales puede ser difícil, ya que es poco probable que las plataformas de redes sociales proporcionen acceso al contenido del usuario debido a la Ley de Comunicaciones Almacenadas. Sin embargo, las autoridades locales podrían obtener información pertinente si está relacionada con una investigación criminal.
En Trail v. Lesko, No. GD-10-017249, 2012 Pa. Dist. & Cnty. Dec. LEXIS 194 (CP 3 de julio de 2012). El juez da ejemplos de casos en los que el acceso a las redes sociales fue otorgado por el tribunal debido a que el usuario ya había publicado "pruebas" a las que la parte contraria tenía acceso y, por lo tanto, mostraba la probabilidad de que en ellas se encontrara información adicional pertinente al caso. Sin embargo, en el caso en cuestión, el juez falló en contra de permitir el acceso a las dos cuentas específicas de Facebook, afirmando que, si bien el nivel de intrusión en una cuenta de Facebook se considera bajo, sigue existiendo un aspecto de privacidad dentro del propio sitio donde un usuario puede restringir el acceso solo a "Amigos" y si se le concediera acceso a la parte contraria, podría "causar vergüenza si lo ven personas que no son 'Amigos'" Id.
Aunque ahora existen ciertos precedentes para permitir publicaciones en redes sociales mediante el descubrimiento, aún persiste el problema de la autenticación de publicaciones y fotos. Si bien una publicación que simplemente dice "Pasándola bien con amigos" y luego "etiqueta" una ubicación específica podría ser más fácil de autenticar para demostrar que una de las partes del caso estuvo en un lugar específico a una hora específica, también existe el problema de la alteración de las fotografías. Con la tecnología Photoshop, surge la posibilidad de alterar fotografías para que una persona parezca estar en un lugar diferente o sostener un objeto que no estaba en la foto original. Para combatir este tipo de situaciones, el abogado tendría que pagar por la realización de un análisis forense de la fotografía para comprobar si es la original o si ha sido alterada de alguna manera.
Como ocurre con la mayoría de los elementos de descubrimiento, las publicaciones en redes sociales presentan los mismos problemas. El abogado debe demostrar que la relevancia del elemento supera la intrusión en la privacidad de la parte. Además, se plantea la cuestión de si la publicación tiene mayor valor probatorio que prejuicioso y si superaría cualquier objeción por testimonio de oídas. Si bien existen obstáculos para introducir publicaciones en redes sociales, la posible recompensa por introducirlos podría ser extremadamente beneficiosa para su caso. Dado que las redes sociales son un aspecto tan personal de la vida de una persona, casi podrían considerarse como si una parte testificara contra sí misma, dependiendo de la naturaleza de la publicación.
Si alguno de estos temas le resulta familiar, nuestro experimentado equipo de abogados está aquí para ayudarle. Puede contactarnos directamente al (786) 837-6787 o por correo electrónico a info@epgdlaw.com. Siempre tenga cuidado con sus publicaciones en redes sociales. Las leyes están cambiando a medida que surgen los problemas.
*Descargo de responsabilidad: Esta entrada de blog no pretende ser asesoramiento legal. Le recomendamos encarecidamente que consulte con un abogado si tiene alguna duda legal. Contactarnos a través de nuestro sitio web no implica establecer una relación abogado-cliente.*