¿Qué hace que las pasantías no remuneradas sean legales?

CONCEPTO DE PRÁCTICAS EN LA PIZARRA

La mayoría de los estudiantes, si no todos, han realizado prácticas no remuneradas en algún momento de su carrera académica. En lugar de recibir un salario, los estudiantes de secundaria y universitarios reciben una compensación por su trabajo, brindándoles la oportunidad de impulsar sus carreras y adquirir experiencia profesional valiosa. No obstante, las leyes laborales federales suelen exigir a los empleadores que paguen a sus empleados y becarios por el producto de su trabajo. ¿Significa eso que las prácticas no remuneradas son ilegales? Si no, ¿cómo puede ser? A continuación se analizan las pautas para las pasantías no remuneradas en los Estados Unidos. 

¿Son legales las prácticas no remuneradas?

Sí, son legales, siempre que cumplan con el Departamento de Trabajo y la Ley de Normas Laborales Justas. Un pasante no remunerado no tiene derecho a salario mínimo ni a horas extras.

Si es así, ¿cómo puede un empleador asegurarse de que una pasantía no remunerada cumple con la Ley de Normas Laborales Justas y/o el Departamento de Trabajo? 

De conformidad con la Ley de Normas Laborales Justas, los empleados de empresas con fines de lucro deben recibir una compensación por su trabajo; los pasantes, por otro lado, no se consideran empleados según la Ley y, por lo tanto, no tienen derecho a recibir pago. 

Sin embargo, las prácticas no remuneradas solo son legales si se determina que el pasante es el beneficiario principal del empleo; este análisis se basa en la "Prueba del Beneficiario Principal" de siete puntos, que se explica con más detalle más adelante. Si se determina que el pasante es el beneficiario principal, el acuerdo laboral es legal según la Ley de Normas Laborales Justas. Si el empleador es el beneficiario principal, el pasante tiene derecho al salario mínimo, ya que se le considera empleado según la Ley. 

Tenga en cuenta que la Ley de Normas Laborales Justas reconoce varias excepciones. Si un pasante realiza voluntariado en el sector público o en una organización sin fines de lucro sin esperar remuneración, como en el Congreso o en la alcaldía, la pasantía no remunerada es admisible. Además, la Ley excluye a quienes realizan voluntariado en agencias gubernamentales estatales o locales o en bancos de alimentos sin fines de lucro con fines humanitarios. Si una persona ofrece voluntariamente su tiempo sin esperar remuneración con fines religiosos, caritativos, cívicos o humanitarios a organizaciones sin fines de lucro, tampoco tiene derecho al salario mínimo.

Algunos estados incluso tienen requisitos adicionales para las prácticas no remuneradas. Por ejemplo, en Nueva York, existe una prueba adicional con once factores que deben cumplirse para clasificar correctamente a alguien como pasante. 

¿Qué es la “Prueba del Beneficiario Primario”?

El beneficio mutuo para el empleador y el pasante no es suficiente para legalizar una pasantía no remunerada. Al contrario, la pasantía no remunerada debería ser más beneficiosa para el pasante que para el empleador. La Prueba del Beneficiario Principal es una evaluación flexible de siete factores, diseñada por el Departamento de Trabajo y los tribunales estadounidenses, para determinar si un pasante es un empleado según la Ley de Normas Laborales Justas. Esta prueba solo aplica a empresas con fines de lucro, no al sector público ni a entidades sin fines de lucro. El Departamento de Trabajo enumera los siete factores:

  1. El grado en que el becario y el empleador comprenden claramente que no hay expectativa de compensación. Cualquier promesa de compensación, expresa o implícita, sugiere que el becario es un empleado, y viceversa.
  2. El grado en que la pasantía proporciona una formación similar a la que se impartiría en un entorno educativo, incluida la formación clínica y otra formación práctica impartida por las instituciones educativas.
  3. El grado en que la pasantía está vinculada al programa de educación formal del pasante mediante cursos integrados o la recepción de créditos académicos.
  4. El grado en que la pasantía se adapta a los compromisos académicos del pasante al corresponderse con el calendario académico.
  5. En qué medida la duración de la pasantía se limita al período en el que la pasantía proporciona al pasante un aprendizaje beneficioso.
  6. El grado en que el trabajo del pasante complementa, en lugar de desplazar, el trabajo de los empleados remunerados, al tiempo que proporciona importantes beneficios educativos al pasante.
  7. El grado en que el pasante y el empleador entienden que la pasantía se lleva a cabo sin derecho a un trabajo remunerado al finalizar la pasantía.

Estos factores sirven más como pautas que como reglas estrictas e inamovibles. Ningún factor prevalece sobre otro, y la condición de empleado de un pasante depende de las circunstancias particulares de la pasantía. Por consiguiente, si la prueba de siete puntos revela que un pasante no remunerado es empleado según la Ley de Normas Laborales Justas, este tiene derecho tanto al salario mínimo como al pago de horas extras.  

¿Existen demandas actuales o recientes por parte de pasantes no remunerados?

Debido a la naturaleza potencialmente explotadora de las prácticas no remuneradas, muchos becarios no remunerados han respondido y presentado demandas contra empresas que supuestamente se aprovecharon del trabajo gratuito. En 2013, becarios no remunerados demandaron a Warner Music Group, NBCUniversal y Fox Searchlight Pictures, quienes exigieron una compensación por su trabajo y el producto de su trabajo. En 2017, la compañía de entretenimiento de Mary Kate y Ashley Olsen, Dualstar Entertainment Group, LLC, llegó a un acuerdo extrajudicial tras ser demandada por 185 exbecarios no remunerados en una demanda colectiva. Los exbecarios de Dualstar alegaron que trabajaban 50 horas semanales sin remuneración, mientras realizaban las mismas tareas que sus colegas remunerados. 

El derecho es un campo en constante evolución y el contenido aquí incluido puede no reflejar los desarrollos legales, estatutos o jurisprudencia más actuales. 

Esta publicación está destinada únicamente a fines informativos y educativos generales y no constituye asesoramiento legal ni crea una relación abogado-cliente entre EPGD Business Law y cualquier lector.


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Éric Gros-Dubois

El socio fundador Eric Gros-Dubois fundó EPGD Business Law en 2013. Con más de una década de experiencia expandiendo la firma y llevándola al éxito actual, Eric ahora gestiona principalmente la división corporativa de EPGD. Gracias a su formación académica, con un doctorado en Derecho y un MBA, y a su experiencia única en la creación de empresas desde cero y su crecimiento hasta convertirlas en una firma multimillonaria, Eric aporta una perspectiva especializada e invaluable a quienes buscan asistencia legal para sí mismos y sus negocios. Tras haber inculcado sus mismos valores en nuestro equipo de asociados corporativos cualificados, Eric lidera una firma siempre lista, dispuesta y preparada para gestionar cualquier asunto legal que pueda surgirle a un empresario.

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