Debido a la frecuencia de problemas derivados de defectos de construcción, la legislatura de Florida ha creado un método alternativo para resolver estas disputas, lo que reduciría la necesidad de litigios y protegería los derechos de los propietarios. Según el Estatuto de Defectos de Construcción de Florida, el propietario de una propiedad o una asociación de condominios/propietarios debe enviar una notificación de reclamación por escrito a contratistas, diseñadores y/o promotores para resolver los supuestos defectos antes de recurrir a otros procesos legales.
¿Qué es una reclamación 558?
El FCDS se aplica a cualquier reclamación por defectos de construcción que surjan de mejoras realizadas después del 1 de octubre de 2009. a menos que Las partes han acordado por escrito no aplicar los requisitos del Estatuto de Florida 558. Sin embargo, el FCDS no se aplica a menos que se haya completado sustancialmente la construcción o las mejoras. El estatuto se aplica a todos Proyectos residenciales y comerciales, tales como:
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- Viviendas unifamiliares
- Construcción residencial
- Unidades de condominio y defectos en áreas comunes y mejoras que son propiedad o mantenidas por una asociación
- Casas móviles
- Casas prefabricadas o modulares
- Dúplex
- Remodelación y accesorios
El FCDS es no aplicable a proyectos de transporte público o reparaciones de emergencia realizadas para proteger la salud, la seguridad y el bienestar del reclamante u otras personas.
¿Qué es un defecto de construcción según la ley de Florida?
El estatuto define los defectos de construcción para incluir deficiencias en el diseño, materiales, construcción, observación de la construcción, topografía, planificación, reparación, alteración, supervisión, remodelación y violaciones del código de construcción.
¿Qué es una carta de notificación de reclamo 558 en Florida?
El reclamante (propietario o asociación de propietarios) debe notificar por escrito la reclamación a la presunta parte responsable de los defectos de construcción. La notificación debe describir cada supuesto defecto de construcción con suficiente detalle. Esta descripción debe ser suficiente para que el destinatario determine la naturaleza general de cada supuesto defecto. La notificación debe notificarse al menos 60 días antes de interponer la demanda.
El destinatario de la notificación de reclamación tiene acceso razonable a la propiedad para su inspección a fin de determinar la causa y la naturaleza de cada supuesto defecto de construcción. Esto también le da al demandado la oportunidad de evaluar el alcance de las reparaciones o mejoras necesarias para subsanar cada defecto.
Esta inspección podrá realizarse dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la reclamación. Sin embargo, en el caso de reclamaciones que involucren a una asociación que represente más de 20 parcelas, la inspección podrá realizarse dentro de los 50 días siguientes a la notificación de la reclamación.
¿Cómo puedo presentar un aviso de reclamo bajo el FCDS?
Hay algunas formas de presentar un aviso de reclamo según el Estatuto 558 de Florida:
- Correo certificado
- Entrega en mano
- Mensajería
¿Cuál es el plazo de prescripción para una reclamación bajo el FCDS?
El plazo de prescripción prohíbe las reclamaciones por defectos de construcción 4 años después de su surgimiento. Sin embargo, las reclamaciones por defectos latentes no se originan hasta que el defecto se descubre o debería haberse descubierto. Se trata de defectos que no son fácilmente observables a simple vista. Aunque parezca que se dispone de tiempo ilimitado para presentar una reclamación por defectos latentes, es importante tener presente el plazo de prescripción. Este plazo impide al demandante presentar una reclamación por un defecto de construcción latente 10 años después del último de los siguientes eventos:
- La fecha de la posesión real del propietario
- La fecha de emisión de un certificado de ocupación
- La fecha de abandono de la construcción, si no se ha completado; o
- La fecha de finalización o terminación del contrato entre el ingeniero, arquitecto registrado o contratista autorizado y su empleador.
¿Qué sucede después de presentar mi reclamo 558?
La parte que reciba la notificación de reclamación deberá dar al reclamante una respuesta por escrito dentro de los 45 días siguientes a la notificación de la misma. Esta respuesta escrita deberá incluir uno o varios de los siguientes elementos:
- Una oferta escrita para remediar total o parcialmente los supuestos defectos de construcción;
- Una oferta escrita para resolver el reclamo mediante un pago monetario o una combinación de reparaciones y pagos monetarios.
- Una declaración escrita que refute las reclamaciones o
- Una declaración escrita de que la aseguradora del demandado determinará un pago monetario, incluido cualquier producto de seguro aplicable, dentro de los 30 días posteriores a que se le haya notificado.