Hay tres formas principales en las que varias personas pueden ser propietarios de una misma propiedad en Florida: tenencia conjunta con derechos de supervivencia; tenencia en común; y tenencia por totalidad.
¿Qué es la tenencia en su totalidad en Florida?
La tenencia en propiedad es una forma de propiedad. Esta forma de propiedad se define como propiedad conyugal conjunta. Incluye bienes inmuebles y bienes personales, tangibles e intangibles. La tenencia en propiedad significa que cada cónyuge posee la totalidad de la propiedad, no una parte divisible. La tenencia en propiedad conlleva un derecho automático de supervivencia. Este derecho implica que, al fallecer uno de los cónyuges, el cónyuge sobreviviente se convierte inmediatamente en el único propietario de la propiedad.
La tenencia en propiedad es una modalidad disponible únicamente para parejas casadas. Una persona no puede ser propietaria de la propiedad en su totalidad junto con otros familiares que no sean el cónyuge.
Según la Corte Suprema de Florida, se presume que cualquier propiedad, ya sea mueble o inmueble, de propiedad conjunta entre esposos se considera propiedad en régimen de tenencia conjunta. Además de esta presunción, para que se considere propiedad en régimen de tenencia conjunta en Florida, la propiedad debe cumplir las siguientes seis características:
- Propiedad y control conjunto, conocido como Unidad de Posesión;
- Al momento de adquirir el inmueble, los copropietarios deben estar casados, lo que se conoce como Unidad Matrimonial;
- El cónyuge debe tener un interés correspondiente e igual en la propiedad, conocido como Unidad de Interés;
- El interés sobre la propiedad debe tener su inicio en el mismo tiempo, conocido como Unidad de Tiempo;
- El interés en la propiedad debe tener su inicio a través de la misma forma, conocida como Unidad de Título; y
- En caso de muerte de cualquiera de los cónyuges, el cónyuge sobreviviente obtendrá la propiedad total de los bienes, lo que se conoce como Unidad de Supervivencia.
No se puede establecer una propiedad conjunta en su totalidad agregando un cónyuge o un título de activo a una propiedad que se poseía antes del matrimonio.
Una ventaja de la tenencia en propiedad es que ofrece mayor protección crediticia. Dado que la propiedad pertenece a cada cónyuge en su totalidad, los acreedores solo pueden reclamar los bienes para satisfacer la deuda conjunta de los cónyuges, y no solo la de uno de ellos.
La tenencia en propiedad está reconocida y disponible en aproximadamente la mitad de los estados y el Distrito de Columbia. Algunos estados que reconocen esta forma de propiedad incluyen: Delaware, Florida, Maryland, Nueva York, Virginia y Wyoming.
Inquilinos en su totalidad vs. copropietarios
La tenencia en copropiedad es diferente a la copropiedad. En la copropiedad, la propiedad del inmueble no tiene por qué ser entre personas casadas o emparentadas. Esto significa que, en Florida, dos personas sin parentesco pueden ser copropietarias de un apartamento, casa o terreno.
En la tenencia conjunta, un acreedor puede embargar la participación de uno de los propietarios en la propiedad, mediante un embargo o gravamen, para satisfacer la deuda de dicho propietario. Sin embargo, normalmente no puede forzar la venta de la propiedad.
Una tenencia conjunta puede incluir derechos de supervivencia. Estos derechos implican que, tras el fallecimiento de uno de los copropietarios, el copropietario restante tendrá la propiedad exclusiva de la propiedad.
Tenencia en su totalidad vs. tenencia en común
La tenencia en copropiedad se diferencia de la tenencia en común. La tenencia en común es un tipo de propiedad en la que dos o más personas tienen derechos de propiedad sobre la propiedad. En una tenencia en común, todas las partes de la propiedad pertenecen por igual a los propietarios. La tenencia en común se diferencia además de la tenencia en copropiedad porque los contratos de tenencia en común pueden celebrarse en cualquier momento.
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