¿Qué significa tener un caso adjudicado?
El arbitraje privado ofrece a las partes en un litigio civil dos alternativas a los tribunales: (1) la resolución voluntaria del juicio (VTR) o (2) el arbitraje vinculante voluntario. Estas alternativas se ofrecen en todos los litigios civiles, salvo en aquellos que se basan en cuestiones o casos constitucionales, con terceros indispensables que no están de acuerdo con este procedimiento. Estas alternativas ofrecen a las partes una vía que evita la vía judicial tradicional, manteniendo al mismo tiempo normas similares de procedimiento y prueba, lo que lo convierte en un sustituto adaptable para la resolución de disputas. El arbitraje privado puede ser una vía más eficiente para la resolución de disputas, ya que las partes no tendrían que esperar a los tribunales, ni a los jueces, para las audiencias y las órdenes interlocutorias.
La resolución voluntaria de juicios permite a las partes contratar a un abogado privado como Juez de Resolución de Juicios en una disputa en Florida. En el arbitraje voluntario vinculante, la mayoría de los árbitros pueden determinar cualquier cuestión y emitir una decisión final. En el arbitraje voluntario vinculante, un juez de resolución de juicios emite una decisión final que puede ejecutarse mediante la presentación de una solicitud de sentencia definitiva ante el tribunal de circuito donde se llevó a cabo el juicio voluntario. Tanto los casos sometidos al arbitraje voluntario vinculante como los sometidos al arbitraje están sujetos a las normas de procedimiento civil y prueba de Florida y concluyen en un juicio ante un tribunal o con jurado.
¿Cuáles son las diferencias entre la resolución de juicio voluntario y el arbitraje?
En el arbitraje, la disputa será resuelta por un árbitro certificado y neutral o un tribunal de árbitros neutrales. Estos árbitros escucharán las pruebas de todas las partes involucradas en una audiencia relativamente informal, a diferencia de una audiencia judicial tradicional. Posteriormente, tomarán una decisión vinculante para resolver el caso. Esta resolución puede ser más costosa. Sin embargo, la rapidez del proceso puede hacerlo más atractivo para las partes con ciertos tipos de disputas.
Existen más diferencias entre el VTR y el arbitraje en cuanto a la disponibilidad de un juicio por jurado y el proceso de apelación. La legislación de Florida sugiere que los juicios solo están disponibles para el VTR.
En materia de apelaciones, cualquier parte puede apelar una sentencia firme en un arbitraje voluntario vinculante, pero las determinaciones de hecho en dicho arbitraje no son apelables. La apelación de una decisión de arbitraje voluntario vinculante debe presentarse ante un tribunal de circuito, y el estatuto describe las cuestiones específicas del arbitraje que pueden apelarse.
¿En qué se diferencia el procedimiento previo a la demanda de un caso en que ya se ha presentado una demanda?
Se puede presentar una solicitud de VTR o arbitraje ante el tribunal antes o después de la interposición de una demanda. La principal diferencia en el procedimiento previo a la demanda radica en la existencia de un acuerdo previo entre las partes que consienten la VTR o el arbitraje y establecen las normas de nombramiento. El tribunal nombrará un juez o árbitro de resolución de primera instancia a solicitud de las partes solo si estas no han celebrado previamente un acuerdo que especifique el método de nombramiento para dicho juez o árbitro.