¿Puede un propietario desalojar a alguien por su orientación sexual en el condado de Miami-Dade?
El condado de Miami-Dade prohíbe claramente la discriminación en la venta, el alquiler o la vivienda.
El Código de Ordenanzas de Dade establece que es “ilegal para cualquier persona, propietario, institución financiera,
corredor de bienes raíces, agente de bienes raíces o cualquier representante de ellos” para discriminar contra
alguien en función de su orientación sexual. 1 La ordenanza prohíbe esencialmente cualquier
prácticas discriminatorias en materia de vivienda dentro del condado Miami-Dade.
¿Qué constituye una práctica de vivienda discriminatoria?
Una práctica de vivienda discriminatoria incluye la negativa de un propietario a vender o alquilar una propiedad a un
individuo basándose, entre otras cosas, en su orientación sexual. Esto incluye la orientación sexual del propietario.
Representación a un posible comprador de que una propiedad no está disponible cuando en realidad lo está.
disponible. Además, un propietario no puede discriminar a un individuo en los términos,
condiciones o privilegios de la venta o alquiler.
¿Qué recursos están disponibles si un propietario comete una práctica discriminatoria en materia de vivienda?
Una persona puede presentar una acción civil independientemente de si ha presentado una queja en virtud de la
Ordenanza, e independientemente del estado de cualquier queja presentada en virtud de la Ordenanza. 2 El civil
La acción debe presentarse a más tardar dos años después de la supuesta práctica discriminatoria en materia de vivienda.
ocurrido. Si el demandante tiene éxito, la Ordenanza establece que una reparación afirmativa como una
una orden judicial temporal o permanente, una orden de restricción temporal, real y punitiva
Se podrían conceder daños y perjuicios, honorarios razonables de abogados, intereses y costas.