Por lo general, se sabe que los denunciantes son personas que son empleados que exponen información o actividad dentro de una organización que puede ser ilegal, fraudulenta o abusiva.
¿Florida tiene leyes sobre protección de denunciantes?
Los Estatutos de Florida 448.102 establecen la Ley de Denunciantes Privados de Florida que protege a los empleados de cualquier acto de represalia por parte de un empleador debido a la divulgación por parte de los empleados de las actividades ilegales del empleador.
Para que un denunciante pueda presentar con éxito un reclamo por represalias contra un empleador, un empleado debe probar los siguientes elementos:
- El empleado participó en determinados tipos de actividades protegidas por la ley relacionadas con la mala conducta del empleador;
- El empleado que realizó la revelación sufrió un resultado laboral adverso; y
- La divulgación por parte del empleado provocó el resultado laboral adverso que sufrió el empleado.
¿Qué son las “actividades protegidas por ley”?
Según el estatuto, algunas de las actividades protegidas por ley para los empleados incluyen:
- Revelar cualquier conducta del empleador que constituya una violación de una norma legal o estatuto, siempre que el empleado proporcione al empleador un aviso escrito razonable;
- Amenazar con revelar cualquier conducta del empleador que constituya una violación de una norma legal;
- Testificar ante cualquier agencia gubernamental sobre las actividades del empleador.
¿Qué son los “resultados laborales adversos”?
Los resultados laborales adversos que debe causar la divulgación del empleado incluyen:
- Despedir al empleado;
- Degradar al empleado; o
- Acoso al trabajador.