En este caso, son posibles dos opciones: (1) disolver la LLC, o (2) transferir el interés de la LLC.
¿Cómo disuelvo mi LLC en Florida?
Para disolver una LLC en Florida, debe presentar artículos de disolución para una compañía de responsabilidad limitada de acuerdo con el Estatuto de Florida § 605.0707.
Según el Estatuto de Florida § 605.0707(2), los artículos de disolución deben incluir:
- (1) el nombre de la LLC;
- (2) la fecha efectiva diferida de la disolución de la LLC, si la LLC se disuelve en una fecha posterior a la fecha de presentación;
- (3) el hecho que dio lugar a la disolución de la LLC; y
- (4) en caso de no haber socios, el nombre, domicilio y firma de la persona designada para liquidar la sociedad.
Los estatutos de disolución se entregarán al departamento y, una vez que este determine que cumplen con la ley y se hayan pagado las tasas, los presentará y emitirá un certificado de disolución. En lugar de enviarlos por correo, también pueden presentarse en línea a través del sitio web de la División de Corporaciones de Florida, Sunbiz.org. Una vez procesados los estatutos, la LLC dejará de existir. En ese momento, la empresa solo podrá continuar para consolidar los asuntos de la LLC de acuerdo con su acuerdo operativo o, en su defecto, de acuerdo con el Estatuto de Florida § 605.0707(2).
¿Qué es un acuerdo operativo?
Un acuerdo operativo es un documento legal que dicta cómo funcionará una LLC. Este acuerdo suele estipular cómo los socios deben vender o transferir su participación en la organización o cómo disolverla. Si bien Florida no exige un acuerdo operativo para constituir una LLC, es muy recomendable hacerlo al momento de su constitución. Si una LLC de Florida no cuenta con un acuerdo operativo, la ley de Florida establece las normas que rigen su funcionamiento.
¿Cómo transfiero mi participación de propiedad en una LLC en Florida?
Hay dos formas de transferir la participación de propiedad en una LLC en Florida.
En primer lugar, un socio de una LLC puede adquirir la participación del socio saliente, lo que se conoce como "transferencia parcial". Por lo general, un acuerdo operativo incluye una cláusula de compra con instrucciones sobre cómo y cuándo llevar a cabo dicha compra. Si una LLC de Florida no cuenta con un acuerdo operativo, según la ley de Florida, todos los socios deben aceptar expresamente la compra y la destitución del socio saliente. Una vez que un socio es "comprado", los socios restantes crean un nuevo acuerdo operativo.
En segundo lugar, los socios pueden realizar una venta completa de la LLC, conocida como "transferencia completa". En este caso, todos los socios desean vender su participación en la LLC a un nuevo propietario. Los cambios en la propiedad de una LLC deben hacerse públicos y pueden notificarse mediante la presentación de los Artículos de Enmienda o un Informe Anual Enmendado.