Todos los propietarios de bienes inmuebles en Estados Unidos deben pagar impuestos sobre la propiedad. El monto del impuesto se basa en el valor catastral de la propiedad. Los impuestos sobre la propiedad vencen el 1 de noviembre y deben pagarse a más tardar el 31 de marzo. Los impuestos sobre la propiedad entran en mora el 1 de abril siguiente al año de tasación.
En resumen, cuando un propietario no paga sus impuestos sobre la propiedad, la ley de Florida permite a la autoridad fiscal colocar un gravamen sobre la propiedad.
¿Puede perder su casa si debe impuestos sobre la propiedad?
Cuando se coloca un gravamen sobre una propiedad, este actúa como garantía para la deuda tributaria. La autoridad fiscal puede vender dicho gravamen en una subasta pública. El gravamen se subasta a un inversionista dispuesto a saldar la deuda tributaria a cambio del pago futuro de esta más los intereses. El gravamen se subasta al postor que ofrezca la tasa de interés más baja. Si no hay ofertas para un gravamen en particular, este se transferirá al Condado al 18%, la tasa de interés más alta permitida por los Estatutos de Florida. Esta subasta se conoce como venta de certificado de impuestos y el postor ganador recibirá un certificado de gravamen.
El certificado de gravamen, o certificado fiscal, no constituye una compra de propiedad y su titular no tendrá derecho a reclamarla. Sin embargo, dos años después del 1 de abril del año en que el recaudador de impuestos emitió el certificado, pero a más tardar siete años después, el titular del certificado fiscal podrá presentar una solicitud de escritura de propiedad. Una vez otorgada la escritura de propiedad, la propiedad se subastará y se venderá al mejor postor. En tal caso, el propietario perderá cualquier derecho de propiedad sobre la misma.
¿Cómo rescatar la propiedad?
La ley de Florida exige que, al menos 20 días antes de la venta de una escritura de propiedad, el acreedor prendario notifique al propietario de la propiedad por correo certificado. El aviso también debe publicarse en un periódico o en un lugar público. Siempre que el acreedor prendario presente una solicitud de escritura de propiedad antes del vencimiento del plazo de prescripción de siete años, el condado realizará una subasta de escritura de propiedad y venderá la vivienda al mejor postor. Una vez presentada la solicitud de escritura de propiedad, el propietario original tendrá la oportunidad de recuperar la propiedad. El plazo para recuperarla es muy breve y el propietario debe actuar con rapidez. El propietario tiene hasta que el secretario del condado reciba el pago completo de la escritura de propiedad o hasta que este la emita. Para recuperar la propiedad, el propietario deberá pagar el importe total del gravamen, junto con todos los intereses y costas.
Por lo tanto, si se encuentra en una situación en la que incurre en mora en el pago del impuesto predial, asegúrese de liquidar la deuda antes de que la misma alcance los dos años de mora. Si desea obtener más información sobre las leyes del impuesto predial, considere hablar con uno de nuestros abogados.
One Response
Buenos días,
Mi pregunta es que somos tres en la escritura y mi madre falleció el año pasado. Sus ingresos representaban más de un tercio de los ingresos del hogar. Mi hijo y yo vivimos en la casa y probablemente no podamos reunir los 5400.00 para el 31 de marzo... ¿Hay un período de gracia o debemos preocuparnos por perder la casa que ya está pagada? Ambos estamos trabajando al máximo, pero es posible que no lleguemos a tiempo. No teníamos motivos para prever su muerte tan pronto. Leí tu publicación y sé que se acumularán intereses... pero ¿es correcto el plazo de 2 años? ¿Podremos pagarla antes o debemos preocuparnos por que esto ocurra antes? Gracias.
María Hopkins