Perder a un ser querido puede ser devastador para cualquier familia, pero aún más cuando se pierde a un cónyuge. Aún más difícil es cómo la pérdida de su cónyuge puede afectarle financieramente. Al solicitar beneficios de sobreviviente a través de la Administración del Seguro Social, puede recibir beneficios basados en los créditos que su cónyuge fallecido obtuvo al trabajar y contribuir al programa del Seguro Social.
¿Quién es elegible para recibir beneficios de sobreviviente?
Usted, como cónyuge supérstite, podría tener derecho a recibir la prestación completa de supervivencia una vez que alcance la edad plena de jubilación. Esta edad depende de su año de nacimiento. También existen prestaciones parciales para los cónyuges supérstites si aún no han alcanzado la edad plena de jubilación. Si un cónyuge supérstite padece una discapacidad, las prestaciones pueden comenzar a recibirse a partir de los 50 años si su discapacidad comenzó antes o dentro de los siete años posteriores al fallecimiento de su cónyuge.
Si un cónyuge supérstite cuida a un hijo menor de 16 años o a un hijo con discapacidad, tiene derecho a recibir prestaciones de supervivencia a cualquier edad. Asimismo, los hijos solteros sobrevivientes menores de 18 años también pueden solicitar y recibir prestaciones de supervivencia.
Los cónyuges divorciados también son elegibles para recibir beneficios de supervivencia de los créditos del Seguro Social de su ex cónyuge, siempre que hayan estado casados durante al menos diez años.
También existen condiciones especiales que pueden afectar su elegibilidad para los beneficios del Seguro Social de su cónyuge fallecido si se vuelve a casar.
¿Cuánto puede recibir un sobreviviente?
La cantidad que puede recibir depende de cuánto dinero ganó su cónyuge a lo largo de su vida y de qué parte de esos ingresos estuvo sujeta al impuesto sobre la nómina del Seguro Social. Si su cónyuge aún no hubiera comenzado a recibir los beneficios del Seguro Social, la cantidad que recibiría sería mayor que si ya los estuviera recibiendo al momento de su fallecimiento.
¿Cómo solicitar beneficios de sobreviviente?
Los cónyuges sobrevivientes y los cónyuges divorciados sobrevivientes deben comunicarse con la Administración del Seguro Social para programar una cita y presentar la solicitud en persona en su oficina local. Deberán traer la siguiente información a su cita:
- El certificado de defunción de su cónyuge o prueba de defunción de una funeraria;
- Su número de seguro social;
- El número de seguro social de su cónyuge;
- Su certificado de nacimiento;
- Su certificado de matrimonio;
- Números de seguro social de cualquier hijo dependiente y sus certificados de nacimiento;
- Las declaraciones de impuestos W-2 o de trabajo por cuenta propia más recientes de su cónyuge; y
- Información de su cuenta bancaria para configurar pagos de depósito directo.
Los abogados especializados en fideicomisos y patrimonios de EPGD Business Law pueden ayudarle a solicitar beneficios de sobreviviente y responder a cualquier pregunta que pueda tener. Llame al (786) 837-6787 para programar una consulta y obtener más información.
*Descargo de responsabilidad: Esta entrada de blog no pretende ser asesoramiento legal. Le recomendamos encarecidamente que consulte con un abogado si tiene alguna duda legal. Contactarnos a través de nuestro sitio web no implica establecer una relación abogado-cliente.*