La Ley de Presupuesto Bipartidista de 2015 (la "BBA"), promulgada el 2 de noviembre de 2015, modificó ciertas normas de auditoría y elección de impuestos para las entidades gravadas como sociedades colectivas (incluidas la mayoría de las sociedades de responsabilidad limitada). El IRS ha emitido una propuesta de reglamento que entrará en vigor el 1 de enero de 2018, y que tendrá implicaciones que requieren revisión y adopción de medidas. A continuación, se presenta un resumen del nuevo reglamento.
Designación de un Representante de la Asociación
A partir del 31 de diciembre de 2017, las auditorías de los procedimientos de sociedades ya no estarán a cargo de un "Socio de Asuntos Tributarios". En su lugar, a partir del 1 de enero de 2018, cada sociedad deberá designar a una persona (que no necesariamente será socio) como "Representante de la Sociedad". El Representante de la Sociedad tendrá la autoridad exclusiva para actuar en nombre de la sociedad y vincularla en un procedimiento tributario administrativo o judicial. Esto significa que solo el Representante de la Sociedad tendrá derecho a recibir la notificación de la auditoría y tendrá la autoridad para vincularla en un procedimiento de auditoría, a menos que los demás socios lo restrinjan mediante la inclusión de disposiciones en su contrato operativo sobre las obligaciones y responsabilidades del Representante de la Sociedad, así como una cláusula de indemnización por cualquier pérdida financiera resultante.
Evaluación de responsabilidades fiscales a nivel de sociedad
Bajo la ley anterior, los socios de una sociedad colectiva tenían la oportunidad de participar significativamente en los procedimientos administrativos y judiciales, ya que eran ellos, y no la sociedad, quienes en última instancia soportaban la carga tributaria. Sin embargo, las nuevas normas de la BBA adoptan el enfoque opuesto: cualquier obligación tributaria adicional detectada durante una auditoría de la sociedad colectiva (incluidas las sanciones) se evaluará contra la propia sociedad colectiva en el año en que el resultado de la auditoría sea definitivo. Esto permitirá que los socios previamente retirados puedan eludir por completo la responsabilidad. Una sociedad colectiva puede optar por una "exclusión" de este régimen, en virtud del cual puede eximir de responsabilidad a los socios del año auditado. La sociedad colectiva (a través de su Representante) puede eximir de responsabilidad a los socios de 2018 el impuesto y la sanción resultantes, pero esta decisión debe realizarse dentro de los 45 días posteriores a la determinación final de la auditoría por parte del IRS.
Exclusión voluntaria de pequeñas sociedades
Las sociedades con menos de 100 socios, todos ellos elegibles, pueden optar por no participar en el régimen BBA, lo que implica auditorías individuales para cada socio. Para efectos de esta opción de exclusión, que debe realizarse anualmente en la declaración de impuestos sobre la renta presentada oportunamente por la sociedad, los socios son elegibles solo si son personas físicas, sociedades S, sociedades C, entidades extranjeras que serían sociedades C si fueran una sociedad nacional según las normas del IRS, y patrimonios de socios fallecidos.
Si usted o alguien que conoce se verá afectado por este nuevo régimen, comuníquese con nosotros al (786) 837-6787 o envíenos un correo electrónico a info@epgdlaw.com para programar una reunión para que podamos ayudarlo a modificar su sociedad o acuerdo operativo para reflejar la designación de un Representante de Sociedad y dejar en claro las responsabilidades de los socios durante los años bajo auditoría.
*Descargo de responsabilidad: Esta entrada de blog no pretende ser asesoramiento legal. Le recomendamos encarecidamente que consulte con un abogado si tiene alguna duda legal. Contactarnos a través de nuestro sitio web no implica establecer una relación abogado-cliente.*