¿Qué es un fideicomiso para necesidades especiales?
Se establece un fideicomiso para necesidades especiales para cubrir la atención y las necesidades de una persona discapacitada sin poner en peligro su elegibilidad para recibir beneficios gubernamentales como el Ingreso Social Suplementario (SSI) y Medicaid.
Un fideicomiso para necesidades especiales de primera parte o autoconstituido se establece con los bienes propiedad de la persona con discapacidad. Por otro lado, un fideicomiso para necesidades especiales de terceros se establece con bienes propiedad de una persona distinta a la persona con discapacidad, y esta es la beneficiaria. Por ejemplo, los fideicomisos para necesidades especiales suelen ser creados por un padre o abuelo que desea proveer para la manutención de una persona con discapacidad tras su fallecimiento.
Hay dos tipos de fideicomisos para necesidades especiales disponibles:
- A Fideicomiso General para Necesidades Especiales Se crea como la fuente principal o única de atención para el beneficiario con discapacidad. Es importante tener en cuenta que un Fideicomiso General para Necesidades Especiales se considera un recurso disponible para el beneficiario, lo que puede impedirle recibir asistencia gubernamental.
- El segundo tipo, y el más común, de fideicomiso para necesidades especiales es un Fideicomiso de atención suplementaria para necesidades especialesEstos fideicomisos se crean como una fuente secundaria de beneficios para el beneficiario discapacitado después de que se hayan agotado los beneficios del Ingreso Social Suplementario (SSI) y de Medicaid.
¿Qué puede proporcionar un fideicomiso para necesidades especiales?
El término "necesidades especiales" abarca no solo los servicios y productos médicos y de atención médica que pueden beneficiar a un beneficiario con discapacidad, sino también una amplia gama de servicios relacionados y opciones de "calidad de vida" que pueden adaptarse a las circunstancias específicas del beneficiario. Algunos ejemplos incluyen:
- suministros y equipos médicos;
- primas de seguro de salud;
- primas de seguros de vida;
- atención médica y dental no pagada por otras fuentes;
- proveedores de servicios adicionales, como asistentes domésticos y personales;
- adiciones o renovaciones a la residencia del beneficiario;
- el costo de los arreglos de vida comunitaria o asistida; y
- entretenimiento y pasatiempos.
Un fideicomiso para necesidades especiales hace No cubrir lo siguiente:
- Efectivo entregado directamente al beneficiario para cualquier propósito;
- alimentos o comestibles;
- pagos de alquiler o hipoteca;
- impuestos sobre la propiedad;
- servicios públicos;
- Seguro para propietarios de casas
Si tiene alguna pregunta sobre cómo mantener los fideicomisos para necesidades especiales de sus seres queridos, llámenos. Podemos ayudarle a garantizar que su ser querido reciba la atención necesaria sin comprometer su elegibilidad para recibir beneficios por discapacidad. Consulte con un abogado especializado en sucesiones y fideicomisos. Nos encontramos en la hermosa ciudad de Coral Gables y puede comunicarse con nosotros llamando al (786) 837-6787 o enviándonos un correo electrónico para programar una consulta con usted.
*Descargo de responsabilidad: Esta entrada de blog no pretende ser asesoramiento legal. Le recomendamos encarecidamente que consulte con un abogado si tiene alguna duda legal. Contactarnos a través de nuestro sitio web no implica establecer una relación abogado-cliente.*