¿Qué bienes están incluidos en un patrimonio y cuáles no?
Un patrimonio consiste en los bienes que posee al momento de su fallecimiento o discapacidad. Estos bienes pueden variar desde una casa u otros bienes inmuebles hasta posesiones personales, como joyas y libros. La mayoría de los bienes se incluirán en el patrimonio de una persona. Sin embargo, algunos bienes se consideran bienes sucesorios, mientras que otros no. La sucesión es el proceso que se lleva a cabo tras el fallecimiento o la discapacidad de una persona; sus bienes se retienen hasta que se valide el testamento, se liquiden las deudas pendientes y se identifiquen los beneficiarios. La sucesión puede ser un proceso largo y estresante, especialmente después de un momento tan difícil. Los bienes no sucesorios evitan este proceso largo y costoso y pasan directamente a los herederos del difunto. Por ejemplo, los bienes en copropiedad o en régimen de tenencia conjunta se consideran bienes no sucesorios. Además, los bienes en fideicomisos, las cuentas de jubilación, las cuentas de seguro de vida con beneficiarios que no sean el difunto, y las cuentas bancarias o de corretaje en copropiedad o con beneficiarios pagaderos al fallecimiento o transferidos al fallecimiento, se consideran bienes no sucesorios.
¿Un testamento evita la sucesión?
La respuesta corta es no, un testamento no evita la sucesión. Si una persona fallece con testamento, se requiere la sucesión para implementar las disposiciones de dicho testamento. Sin embargo, la sucesión también puede ocurrir si no hay testamento. En derecho, nos referimos a esta situación como morir intestado. Morir intestado retrasa la distribución de sus bienes y obliga al estado donde usted vive a decidir quién recibe qué. Esto es lamentable, ya que podría no estar de acuerdo con el plan de su estado. Además, si el patrimonio no entra en la categoría de disposición sin administración ni administración sumaria, probablemente se requerirá la sucesión. Además, en Florida, incluso si hay un testamento, el tribunal podría tener que asegurarse de que siga siendo válido y no entre en conflicto con la ley.
¿Cómo evitar la sucesión?
Como se mencionó anteriormente, la sucesión puede ser extremadamente estresante. Por lo tanto, si puede tomar medidas para evitarla, ¿por qué no lo haría? Para evitarla, puede no ser propietario de ninguna propiedad, sino dejar que un fideicomiso en vida la posea. El fideicomisario del fideicomiso será entonces el propietario de la propiedad, lo que significa que puede controlar los activos del fideicomiso como si fueran suyos.
Dado que los fideicomisos tienden a evitar la legalización testamentaria, los beneficiarios pueden recibir los bienes del fideicomiso mucho más rápido que si constaran en un testamento. Además, algunos fideicomisos ayudan a evitar los impuestos sucesorios y a reducir otros costos, como las costas judiciales. En Florida, existen diferentes tipos de fideicomisos: revocables e irrevocables. En esencia, los fideicomisos revocables pueden modificarse en cualquier momento, mientras que los irrevocables no pueden modificarse después de su promulgación.