Según la ley de Florida, una escritura no registrada, notariada y entregada, será válida entre las partes (el otorgante y el cesionario). Sin embargo, para los acreedores o compradores, una escritura no registrada es nula porque no hubo notificación de la transacción. Las escrituras suelen registrarse al momento de su otorgamiento como medida práctica para evitar futuros problemas de propiedad.
¿Por qué se debe registrar una escritura en Florida?
Aunque la validez de una escritura no depende de su registro, registrarla conlleva beneficios y protecciones. El registro es el acto de incorporar un documento, como una escritura, a los registros oficiales del condado. Esto proporciona una cadena de títulos rastreable, lo cual resulta útil en caso de disputa entre partes con derechos concurrentes sobre una propiedad.
¿Cuáles son los requisitos de grabación de Florida?
Según el estatuto de Florida § 695.26, para que la grabación sea válida, una escritura debe:
- Incluir los nombres y direcciones postales de los propietarios actuales (otorgante) y de los nuevos propietarios (cesionarios) de la propiedad;
- Incluir un preparado pordisposición que establece el nombre y la dirección de la persona física que preparó la escritura (a diferencia de una organización);
- Ser firmado por cada propietario actual y testigo; y
- Estar debidamente notariado.
El estatuto también requiere que la escritura tenga un cuadrado de tres pulgadas en la esquina superior derecha de la primera página de cada documento, así como un espacio en blanco cuadrado de una pulgada por tres pulgadas en la esquina superior derecha de cada página subsiguiente del documento.
¿Se puede corregir un error en una escritura registrada en Florida?
Un error, como una errata tipográfica o una omisión en secciones de una escritura original, puede corregirse mediante una escritura correctiva. Para ser válida, esta debe contener los mismos elementos necesarios para una transmisión legal. Estos incluyen la firma de la escritura por el otorgante en presencia de dos testigos, la firma de los testigos y la debida certificación notarial.
¿Es Florida un estado de notificación?
Sí, el estatuto de Florida §695.01 establece que, según la ley de Florida, un comprador posterior que adquiera un inmueble sin previo aviso de una hipoteca previa prevalecerá sobre el comprador anterior. Al registrar la transmisión de un inmueble, se informa a los acreedores y compradores posteriores sobre lo que se denomina "notificación implícita" de la transmisión previa.
One Response
Mi esposo y yo refinanciamos un nuevo préstamo en septiembre de 2021. El objetivo principal era añadir mi nombre a la escritura para que, si él fallecía, evitara el proceso sucesorio. El banco nunca emitió una nueva escritura. Mi esposo falleció seis semanas después y ahora no soy la propietaria legal de nuestra casa. La escritura original de 2002 indica que es un hombre sin hogar. El banco no corregirá el error y admitirá que cometieron un error.
Estoy en todos los papeles de la hipoteca como codeudor. No quiero pasar por el proceso sucesorio, ni debería. ¡Que alguien me ayude!