Planificación del legado: cómo garantizar que su patrimonio incluya a las generaciones futuras, incluidas aquellas concebidas mediante FIV. 

Planificación heredada

¿Se está preparando para la planificación de su legado? Si tiene hijos menores a quienes desea cuidar después de su fallecimiento, es fundamental garantizar el cumplimiento de los Estatutos de Florida y adherirse a los precedentes legales recientes. Por ejemplo, debería considerar la decisión de la Corte Suprema de Florida en Steele contra el Comisionado de Seguridad Social.

En un fallo reciente de la Corte Suprema de Florida, la solicitud de la Sra. Steele para recibir beneficios del Seguro Social en nombre de su hijo menor fue denegada tras el fallecimiento de su cónyuge. La decisión del Tribunal se basó en su interpretación de los Estatutos de Florida y las leyes de sucesión intestada, que estipulan que los hijos concebidos con el esperma o los óvulos de una persona fallecida no pueden reclamar derechos sobre el patrimonio del difunto, salvo que así se disponga expresamente en su testamento.

El Tribunal abordó la cuestión fundamental de si el niño menor estaba “asistido” en el ámbito de aplicación Estado de Florida §742.17(4) Según la ley de Florida. Sin embargo, dado que el Tribunal llegó a una decisión concluyente sobre este asunto, se negó a abordar la cuestión secundaria sobre si la ley de Florida sanciona la herencia de bienes intestado por un hijo concebido póstumamente y previsto en el testamento del difunto. 

Philip y Kathleen Steele concibieron a su hijo mediante fecundación in vitro (FIV), utilizando muestras de esperma proporcionadas por el Sr. Steele, antes de su fallecimiento. La ley pertinente especifica que los hijos concebidos a partir del material genético de una persona fallecida no pueden reclamar contra la herencia, a menos que se mencione explícitamente en el testamento del difunto. A pesar de que el Sr. Steele redactó un testamento que nombraba a su esposa como beneficiaria principal y preveía la suerte de cualquier hijo "posterior" tras su fallecimiento, el tribunal determinó que no se cumplían estas condiciones. El texto del testamento parecía prever los hijos concebidos pero aún no nacidos al momento de su redacción, en lugar de los concebidos póstumamente. 

Según la ley, para que un hijo menor concebido mediante FIV pueda reclamar la herencia, debe estar explícitamente previsto en el testamento, y este debe demostrar la previsión del difunto de una posible concepción póstuma de un hijo antes de su fallecimiento. Por consiguiente, si el hijo no está previsto en el testamento, no podrá reclamar la herencia según los requisitos legales.

Si bien la intención aparente es proteger a los descendientes de donantes de esperma bajo las leyes de sucesión intestada, este enfoque puede suponer riesgos sustanciales para la protección de la familia en caso de circunstancias imprevistas. El caso no profundizó en la relación entre el difunto y el niño, ni consideró a fondo la intención del Sr. Steele al proporcionar esperma a su esposa para formar una familia. En consecuencia, es posible que la ley no contemple adecuadamente la intención, como lo indica el fallo de la Corte Suprema de Florida, que determinó que el Sr. Steele no pudo haber previsto la concepción de un hijo después de su muerte.

Lamentablemente, un plan patrimonial integral habría garantizado que la Sra. Steele y su hijo con su cónyuge estuvieran adecuadamente provistos, incluido el recibo de los beneficios de seguridad social aplicables a los que el niño tenía derecho.

Es evidente que el marco legal actual podría no tener en cuenta plenamente estas dinámicas e intenciones familiares tan sutiles, lo que pone de relieve la necesidad de que las personas busquen asesoramiento legal experto al preparar sus planes patrimoniales. De esta manera, pueden garantizar que sus deseos estén claramente expresados ​​y legalmente protegidos, protegiendo así a sus familias de posibles incertidumbres en el futuro. 

Para obtener más orientación sobre cómo adaptar sus documentos de planificación patrimonial para reflejar sus circunstancias e intenciones familiares específicas, le recomendamos que Contactar con nosotros Para una consulta. Nos comprometemos a ayudarle a ejecutar sus deseos eficazmente y a garantizar la protección integral de sus seres queridos.

El derecho es un campo en constante evolución y el contenido aquí incluido puede no reflejar los desarrollos legales, estatutos o jurisprudencia más actuales. 

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