Protegiendo su inversión: Entendiendo la ley de gravámenes de construcción de Florida

construcción de inversiones en edificios

En el vertiginoso mundo de los bienes raíces de Florida, un solo error contractual podría descarrilar un proyecto multimillonario o dejarlo con las manos vacías. Para proteger su inversión o contrato, debe cumplir estrictamente con las normas y regulaciones establecidas en la Ley de Gravámenes de Construcción de Florida. Capítulo 713 de los Estatutos de FloridaPara los promotores inmobiliarios, el objetivo es evitar que se impongan gravámenes sobre su propiedad y el sobrepago de los contratistas; para estos últimos, se trata de garantizar que su mano de obra y materiales estén protegidos por la misma propiedad que están mejorando o construyendo. Comprender estos requisitos legales no solo garantizará el cumplimiento de la ley, sino también el buen funcionamiento de su negocio.

Desarrolladores: Cómo proteger su inversión de posibles responsabilidades

Como propietario de un negocio o promotor inmobiliario, su mayor riesgo es un "gravamen oculto". Puede que le pague a su contratista general la totalidad del importe, solo para descubrir meses después que a un subcontratista determinado nunca se le pagó, y que ahora este reclama su propiedad.

  • Aviso de inicio de “Seguros”: Tu primera línea de defensa debería ser una Aviso de inicioAl registrar este aviso ante el secretario del Tribunal de Circuito del condado donde se ubica la propiedad que se está remodelando, antes de comenzar un proyecto de remodelación o construcción, se establece una fecha de inicio clara para el proyecto. Esto protege al solicitante de pagos duplicados y obliga a los subcontratistas a enviar Avisos al Propietario (NTO) obligatorios con respecto al trabajo y los materiales utilizados en el proyecto.
  • No pague facturas sin una declaración jurada: Para evitar la trampa de los “pagos dobles”, no debe emitir un cheque final a su contrato sin un Declaración jurada final del contratistaEste documento debe especificar todas las partes a las que no se les ha pagado por trabajos, servicios o materiales prestados a su propiedad. Asegúrese de que su contratista le proporcione esta declaración jurada antes de realizar los pagos finales del proyecto. No obtener este documento podría exponerlo al pago de cargos y costos ocultos a trabajadores, subcontratistas y otras partes involucradas.
  • La estrategia "Bond" puede ahorrarle tiempo: No permita que un gravamen o una disputa de pago le impidan vender o refinanciar; puede transferir el gravamen a una hipoteca, lo que libera la titularidad y permite que su negocio continúe desarrollándose mientras el gravamen se resuelve como un asunto legal independiente. Tras una transferencia exitosa, el acreedor hipotecario aún debe presentar una demanda para hacer valer el gravamen, pero esta vez la demanda se dirige contra la hipoteca y no contra la propiedad en sí.

Contratistas: Proteja su derecho a cobrar

Si usted es una empresa constructora, un gravamen de construcción es su garantía y herramienta de presión más poderosa. Sin embargo, los contratistas deben cumplir con los estrictos requisitos establecidos en la Ley de Gravámenes de Construcción de Florida, o sufrirán una pérdida irrecuperable. No existen excepciones ni períodos de gracia para estas reglas; si no cumple con los plazos establecidos, perderá su derecho a recuperar el gravamen.

  • Cuenta regresiva de 45 días: Para garantizar el pago adecuado, los acreedores prendarios deben notificar un para sobre el propietario, incluyendo: el nombre y la dirección del acreedor prendario, una descripción suficiente para la identificación del inmueble y la naturaleza de los servicios o materiales suministrados o que se suministrarán. Un subcontratista o un proveedor de materiales de un subcontratista debe entregar una copia del aviso al contratista como requisito previo para perfeccionar el gravamen y registrar una reclamación de gravamen. Este aviso debe entregarse antes de comenzar el trabajo, o a más tardar 45 días después Al comenzar a trabajar, el contratista se compromete a proporcionar su mano de obra, servicios o materiales. Sin embargo, si el contratista realiza su trabajo directamente con el propietario, no necesita notificarle para proteger sus derechos de retención.
  • Grabación en el tiempo y con precisión: Su Reclamación de gravamen debe registrarse dentro 90 días del último día de trabajo, o el último día de suministro de materiales, servicios o trabajo significativo.
  • Considere las cláusulas relativas al “alquiler de locales”: Si el propietario de un inmueble añade una cláusula al contrato de arrendamiento que prohíbe los gravámenes cuando el inquilino realiza mejoras, un contratista debe realizar una búsqueda exhaustiva de un contrato de arrendamiento registrado si su cliente es inquilino, y no propietario, del inmueble.
  • Tenga en cuenta el “Aviso de concurso”: Un propietario podría obligarte a tomar una decisión grabando un Aviso de concurso con la oficina del secretario, lo que reduce el tiempo para presentar una demanda sobre el gravamen de un año a solo 60 díasEs importante estar preparado y listo para litigar en el momento en que registre su gravamen, en caso de que se presente una Notificación de Impugnación.

Algunas estrategias para la estabilidad empresarial

En el ámbito de los casos de construcción en Florida, quien esté mejor preparado gana. Tanto si es promotor como contratista, la clave para proteger su propiedad, inversión o contrato reside en gestionar de forma proactiva los riesgos y gastos previsibles. Los promotores deben llevar un registro de cada pago del proyecto, de las partes que no han pagado y de los posibles gravámenes, mientras que los contratistas deben conocer los plazos para preservar y ejercer sus derechos de gravamen, si fuera necesario.

En definitiva, usted conoce su negocio y sus necesidades mejor que nadie. Pero comprender los entresijos de la Ley de Gravámenes de Construcción de Florida requiere más que experiencia y conocimiento del sector: requiere un enfoque legal claro y sólido. Contáctenos Contáctanos hoy para una sesión de asesoramiento profesional adaptada a las necesidades de tu negocio.

El derecho es un campo en constante evolución y el contenido aquí incluido puede no reflejar los desarrollos legales, estatutos o jurisprudencia más actuales. 

Esta publicación está destinada únicamente a fines informativos y educativos generales y no constituye asesoramiento legal ni crea una relación abogado-cliente entre EPGD Business Law y cualquier lector.


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Éric Gros-Dubois

El socio fundador Eric Gros-Dubois fundó EPGD Business Law en 2013. Con más de una década de experiencia expandiendo la firma y llevándola al éxito actual, Eric ahora gestiona principalmente la división corporativa de EPGD. Gracias a su formación académica, con un doctorado en Derecho y un MBA, y a su experiencia única en la creación de empresas desde cero y su crecimiento hasta convertirlas en una firma multimillonaria, Eric aporta una perspectiva especializada e invaluable a quienes buscan asistencia legal para sí mismos y sus negocios. Tras haber inculcado sus mismos valores en nuestro equipo de asociados corporativos cualificados, Eric lidera una firma siempre lista, dispuesta y preparada para gestionar cualquier asunto legal que pueda surgirle a un empresario.

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