¿De qué protege una exención de vivienda familiar en Florida?
En Florida, la exención de vivienda familiar no tiene límite de valor. Poseer una vivienda familiar en Florida ofrece numerosos beneficios fiscales a sus propietarios. Por lo tanto, muchas personas se mudan a Florida desde otros estados para recibir dichos beneficios y proteger su vivienda familiar de ventas forzosas. En Florida, su vivienda familiar está protegida contra ventas forzosas en caso de quiebra del propietario, así como en ciertos litigios, cuando el tribunal puede imponer gravámenes judiciales sobre otras propiedades no exentas y no pertenecientes a la vivienda familiar de la parte perdedora. Sin embargo, a veces una ejecución hipotecaria sobre una vivienda familiar puede ser diferente.
¿La exención de vivienda protege contra la ejecución hipotecaria en Florida?
Según el Artículo X, Sección 4 de la Constitución de Florida, las propiedades de vivienda familiar “... estarán exentas de venta forzosa ante cualquier tribunal, y ninguna sentencia, decreto o ejecución constituirá un gravamen sobre ellas, excepto por el pago de impuestos y tasaciones, obligaciones contraídas para la compra, mejora o reparación de las mismas, u obligaciones contraídas por la casa, el campo u otro trabajo realizado en el inmueble, la siguiente propiedad propiedad de una persona física”. En otras palabras, las propiedades de vivienda familiar están protegidas contra la ejecución hipotecaria en Florida, excepto en los casos de pago de deudas tributarias o deudas contraídas con un contratista impago que trabaje en esa propiedad. Las exenciones de vivienda familiar no protegen las propiedades de vivienda familiar contra la ejecución hipotecaria si los propietarios han obtenido préstamos o una hipoteca, han utilizado la propiedad familiar como garantía y posteriormente han incumplido con dichos préstamos o la hipoteca.
Por lo tanto, aunque su propiedad familiar esté protegida contra acreedores, no está protegida contra la ejecución de gravámenes que el propietario haya impuesto voluntariamente sobre ella cuando esta se utilice para garantizar una deuda. En otras palabras, en Florida, los acreedores no pueden vender la vivienda de una persona para saldar una deuda. Sin embargo, una propiedad puede ser objeto de ejecución hipotecaria cuando el gravamen impuesto sobre la propiedad familiar fue hecho voluntariamente por el propietario.
¿Qué es el proceso de ejecución hipotecaria en Florida?
En Florida, antes de ejecutar una hipoteca sobre una propiedad, el acreedor debe presentar una demanda ante un tribunal estatal. Posteriormente, el deudor recibe la demanda y debe defenderse. Si pierde, el tribunal dictará una sentencia de ejecución hipotecaria en su contra. Además, según el Estatuto de Florida § 702.10, cualquier acreedor prendario contra el deudor puede solicitar que su demanda se tramite por un proceso acelerado en lugar del procedimiento judicial habitual cuando el deudor no tenga una defensa sólida o el caso no sea impugnado.
Una nueva ley promulgada en 2013 hace que las sentencias de ejecución hipotecaria sean definitivas en Florida. Actualmente, el único recurso que tiene el propietario contra las ejecuciones hipotecarias es demandar al acreedor por daños y perjuicios. Cabe destacar que, según la nueva ley, el acreedor tiene la obligación de presentar el pagaré al tribunal.