Antes se creía que un fideicomiso irrevocable era intocable. Sin embargo, esto podría haber cambiado. La "transferencia" de un fideicomiso irrevocable es una técnica de planificación patrimonial que consiste en transferir los activos del fideicomiso original a uno nuevo con mejores condiciones para satisfacer las necesidades del cliente. El derecho consuetudinario autoriza la transferencia de fideicomisos, pero muchos estados, incluyendo Florida, cuentan con leyes que permiten esta técnica.
Requisitos:
A. Poder absoluto: el Estatuto de Florida §736.04117 establece que un fideicomisario que tiene poder absoluto para disponer del capital según los términos del primer fideicomiso puede hacer distribuciones a un segundo fideicomiso.
B. Renta fija e intereses: la técnica de decantación no se puede utilizar para reducir ninguna renta fija, anualidad o interés en un fideicomiso unitario en el Primer Fideicomiso.
C. Beneficiarios – Cada beneficiario del Segundo Fideicomiso debe haber sido beneficiario del Primer Fideicomiso.
D. Aviso de 60 días: para poder realizar una transferencia de fondos, el fiduciario del Primer Fideicomiso debe proporcionar a todos los beneficiarios calificados del Primer Fideicomiso un aviso por escrito de su intención de realizar la transferencia de fondos con al menos 60 días de anticipación a la fecha efectiva del ejercicio de su poder de transferencia de fondos.
E. Por escrito – Además, el ejercicio del poder de transferencia debe hacerse por escrito, firmado y reconocido por el fideicomisario y archivado con los registros del primer fideicomiso.
Los documentos utilizados para la decantación de un fideicomiso son similares a los utilizados para una resolución de distribución de bienes. Un documento escrito que establezca los términos del ejercicio discrecional del poder de decantación por parte del fideicomisario debe estipular los términos de este poder para asignar los bienes fideicomitidos posteriormente. Este documento también debe contener información de antecedentes, como los fideicomisarios actuales del primer fideicomiso y los fideicomisarios que ejercen el poder de decantación, cuándo se constituyó el primer fideicomiso y por quién, los términos relevantes del primer fideicomiso, la autoridad del fideicomisario para la decantación (por estatuto o escrita en el primer fideicomiso) y el fideicomiso designado que recibirá los bienes fideicomitidos del fideicomiso original. Además, este documento debe incluir las resoluciones del fideicomisario que designen y asignen activos del fideicomiso original al fideicomiso designado y que ordenen que los activos designados se mantengan de acuerdo con el fideicomiso designado.