Cada año, los propietarios reciben un Aviso de Impuestos Prediales Propuestos del Tasador de Propiedades de Miami-Dade, que detalla el total de impuestos prediales ad valorem y no ad valorem que deben pagar. Estos impuestos se basan en el valor catastral de la propiedad, determinado por el Tasador de Propiedades cada 1 de enero. Sin embargo, en ocasiones, el valor de la propiedad es demasiado bajo, lo que afecta su valor de reventa, o demasiado alto, lo que obliga al propietario a pagar una cantidad exorbitante de impuestos. En respuesta, el condado ha establecido la Junta de Ajuste de Valores (VAB), un organismo administrativo que recibe peticiones y celebra audiencias para los contribuyentes que impugnan el valor de sus bienes inmuebles.
¿Cómo presentar una petición?
Las peticiones pueden presentarse en línea, por correo postal o en persona en las oficinas de la VAB en el Centro de Gobierno del Centro y South Dade. Debe presentar la petición a más tardar veinticinco (25) días después del envío del Aviso de Propuesta de Impuestos Prediales. El costo de presentación es de $15.00 por parcela.
¿Qué pasa si presenté la petición después de 25 días?
Si no cumple con el plazo para presentar la petición, primero debe presentar una Solicitud de Exención por Demora ante la Oficina del Tasador de Propiedades, indicando las circunstancias atenuantes que la justifican. La Oficina del Tasador de Propiedades debe aprobar la solicitud antes de poder presentarla ante la VAB.
¿Qué sucede después de presentar una petición?
Se programará una audiencia donde podrá presentar testimonio y pruebas para respaldar su postura y apelación. Las audiencias las lleva a cabo un magistrado especial que no trabaja para la Oficina del Tasador de Propiedades. Antes de la audiencia programada, debe proporcionar al Tasador de Propiedades toda la documentación que planea utilizar como prueba en la audiencia. Si envía su documentación al Tasador de Propiedades al menos quince (15) días antes de la audiencia, tendrá derecho a recibir copias de todas las pruebas que el Tasador de Propiedades planea utilizar en la audiencia.
¿Qué sucede después de una audiencia?
Tras escuchar a todas las partes, el Magistrado Especial emitirá una recomendación por escrito a la Junta de Asesoría Tributaria (VAB), de la cual esta enviará copia al contribuyente en un plazo de veinte (20) días. Posteriormente, la VAB enviará por correo al contribuyente la decisión final de su oficina. Si la VAB determina que el valor catastral de la propiedad es incorrecto, tiene la facultad de reducirlo al valor justo de mercado correcto. Es importante tener en cuenta que presentar una petición NO lo exime del pago de los impuestos sobre la propiedad, y deberá pagarlos mientras duren la petición y la audiencia.
Si gana su caso ante la VAB, podría tener derecho a un reembolso de impuestos por el monto pagado por la propiedad, siempre y cuando la VAB reduzca el valor catastral de la misma. Si no está de acuerdo con la decisión de la VAB, puede presentar una demanda ante el Tribunal de Circuito.
Preparar una petición completa y precisa es importante para una apelación exitosa ante la Junta de Ajuste de Valores.