¿Qué es la planificación patrimonial?
La planificación patrimonial consiste en organizar la administración y disposición de sus bienes para su fallecimiento o discapacidad. La planificación patrimonial reduce la incertidumbre del proceso sucesorio y maximiza el valor del patrimonio al reducir los impuestos y otros gastos. Un patrimonio está compuesto por los activos que posee al momento de su fallecimiento o discapacidad. Por ejemplo, cuentas bancarias, bienes inmuebles, acciones y valores, pólizas de seguro de vida y bienes personales como automóviles.
¿Cuáles son las opciones para ser propietario de un automóvil?
La propiedad de un vehículo siempre debe considerarse al planificar su patrimonio. Existen diferentes opciones para abordar la gestión de su vehículo y un plan patrimonial. Por ejemplo, una titularidad conjunta del vehículo o una transferencia completa de la titularidad del mismo antes del fallecimiento o la incapacidad puede ayudar a evitar que el vehículo tenga que someterse a un proceso sucesorio. El proceso sucesorio puede ser largo y estresante. Los vehículos se consideran activos que se deprecian, por lo que evitar su sucesión sería beneficioso para evitar su desperdicio. El proceso sucesorio se lleva a cabo tras el fallecimiento o la incapacidad de una persona; sus bienes se suspenden hasta que se valide el testamento, se liquiden las deudas restantes y se identifiquen los beneficiarios.
¿Qué pasa si tengo o no tengo testamento?
Por otro lado, si el título del vehículo permanece a nombre de una persona que fallece sin testamento, su heredero puede solicitar un nuevo certificado de título ante el Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados. Como se mencionó anteriormente, esto puede ser complicado si el vehículo pasa por el proceso de sucesión. Sin embargo, la solicitud es sencilla si el solicitante presenta una declaración jurada ante el departamento en la que se declare que el patrimonio no tiene deudas y que el cónyuge supérstite y sus herederos están de acuerdo sobre la división del patrimonio. Por el contrario, si el propietario anterior falleció con testamento, se debe adjuntar una copia del mismo a la solicitud. Dependiendo de si el testamento ha sido admitido en el proceso de sucesión, se requiere una copia certificada del tribunal de sucesiones y una declaración jurada de que el patrimonio tiene fondos o activos suficientes para pagar todas las deudas, o una copia jurada del testamento y una declaración jurada de que el patrimonio no tiene deudas.