Si bien no es imposible desheredar a un cónyuge, generalmente no es tan sencillo como excluirlo del testamento. Su cónyuge aún puede conservar los derechos sucesorios.
Derechos de herencia del cónyuge
La mayoría de los estados cuentan con leyes que protegen los derechos sucesorios de los cónyuges, conocidas como "leyes de comunidad de bienes" o "leyes de participación electiva". Por ello, es difícil desheredar completamente a su cónyuge simplemente excluyéndolo del testamento, ya que aún conserva ciertos derechos. Florida es un estado de "participación electiva".
- Estado de propiedad comunitaria (por ejemplo, California)
- Su cónyuge tendrá derecho legal a la mitad de los bienes patrimoniales adquiridos during El matrimonio, independientemente del testamento, también conocido como comunidad de bienes. Además, el cónyuge supérstite puede reclamar manutención para sí mismo y/o para los hijos del difunto.
- Estados con derecho a acciones electivas (Florida)
- El cónyuge supérstite puede tener derecho legal a reclamar su herencia legítima mediante la presentación de un Derecho de Elección, independientemente del testamento. Generalmente, tendrá derecho legal a entre un tercio y la mitad de los bienes heredados durante el matrimonio, según el estado. Muchos estados exigen que el matrimonio haya durado una cierta cantidad de años para reclamar la parte electiva, o ajustan esta parte según la duración del matrimonio y la presencia de hijos menores.
Estos derechos legales mencionados anteriormente pueden prevalecer sobre una disposición de desheredación, por lo demás válida, de un testamento o fideicomiso. Sin embargo, es posible que un cónyuge renuncie a estos derechos legales en un acuerdo prenupcial o postnupcial. En estos acuerdos, se puede renunciar a ciertos derechos otorgados por fallecimiento o divorcio, y se puede redactar un texto sobre "quién recibe qué" en estos dos eventos inoportunos. La principal diferencia entre un acuerdo prenupcial y un acuerdo postnupcial es que el primero se firma antes del matrimonio; el segundo, después.
¿Cómo desheredar a mi cónyuge?
Si sabe o cree que su cónyuge aceptará un acuerdo prenupcial o postnupcial, debería contactar a un abogado especializado en sucesiones que pueda explicarle sus opciones y preparar la documentación necesaria. El problema, obviamente, es que su cónyuge probablemente se negará a aceptar ser desheredado.
Si cree o sabe que su cónyuge no aceptará un acuerdo prenupcial o postnupcial, puede, entre otras cosas, intentar negociar un divorcio o desheredar explícitamente a su cónyuge en su testamento y fideicomiso, sabiendo que su cónyuge seguirá teniendo derecho a su parte electiva (en Florida). Si no reside en un estado con régimen de bienes gananciales o en un estado que reconozca la parte electiva, puede desheredar a su cónyuge simplemente en su fideicomiso o testamento.
Dado que muchos acuerdos matrimoniales son desaconsejados porque pueden contener disposiciones que violen políticas públicas o leyes estatales, es vital trabajar con un abogado experto al redactar y firmar un acuerdo para desheredar a su cónyuge.