Fuerza mayor e incumplimiento excusable en los contratos afectados por la COVID-19

A medida que el gobierno federal, así como los gobiernos estatales y locales de los EE. UU., declaran diversos estados de emergencia en respuesta a la pandemia de COVID-19, muchas industrias se han visto obligadas a reducir, e incluso cesar por completo, sus operaciones comerciales, y muchos trabajadores han recibido órdenes de "quedarse en casa" de sus empleadores. Estos acontecimientos ya han afectado considerablemente a la economía estadounidense y, según los expertos, es probable que continúen haciéndolo en el futuro previsible mientras seguimos luchando por contener la propagación de la COVID-19. Debido al cierre forzoso de muchos negocios "no esenciales", muchas obligaciones contractuales se han visto afectadas debido a la consiguiente escasez de mano de obra y suministro. Estas interrupciones han dejado a muchos preguntándose si las disposiciones de "fuerza mayor" los liberarán de sus obligaciones contractuales. Por lo tanto, es necesario revisar el concepto de fuerza mayor a la luz de los avances en curso con la COVID-19.

Fuerza mayor, que en francés significa "fuerza mayor", es un evento imprevisible e inevitable que impide a una de las partes de un contrato cumplir con sus obligaciones contractuales. Ejemplos comunes incluyen guerras, condiciones climáticas extremas, desastres naturales, huelgas laborales e incluso pandemias. Si un evento constituye fuerza mayor y, por lo tanto, excusa el incumplimiento de las obligaciones contractuales, es una consideración que debe realizarse caso por caso. Cada contrato determinará qué circunstancias, si las hay, se consideran fuerza mayor y, por lo tanto, cuáles excusarán el incumplimiento de las obligaciones contractuales. El propósito de las cláusulas de fuerza mayor es distribuir el riesgo entre las partes por actos imprevisibles e inevitables que imposibilitan el cumplimiento del contrato.

Al determinar si se puede invocar fuerza mayor para excusar el incumplimiento, los tribunales examinan (a) si el evento particular califica como tal según los términos del contrato; (b) si el riesgo de incumplimiento era previsible y podía mitigarse; y (c) si el cumplimiento es verdaderamente imposible o meramente económicamente difícil o impracticable.

La consideración fundamental es si el evento se considera fuerza mayor según los términos del contrato. Este análisis es tan sencillo como examinar el propio contrato para ver si actos de ese tipo se enumeran como actos que lo califican. En el caso de la COVID-19, el contrato en cuestión debería incluir «pandemia» (o una indicación similar como «epidemia», «enfermedad», «cuarentena», «estado de emergencia», etc.) como evento de fuerza mayor calificado. Esta cuestión se complica cuando el contrato emplea frases generales y no enumera específicamente qué eventos dan lugar a un incumplimiento excusable por fuerza mayor.

Cuando se cumple el umbral de consideración, el tribunal debe determinar si la parte que alega un evento de fuerza mayor podría haber previsto y mitigado su incumplimiento al momento de la contratación. En general, el tribunal no admitirá el incumplimiento por fuerza mayor cuando se considere que el evento en cuestión era previsible al momento de la contratación. Si la COVID-19 era previsible probablemente será un tema de intenso debate. Por un lado, se podría argumentar que las pandemias son siempre inevitables e imprevisibles, mientras que otros pueden argumentar que el brote de enfermedades como el ébola, el H1N1, el SARS y el MERS en los últimos años demuestra que las pandemias son la nueva norma y, por lo tanto, previsibles, incluso si son inevitables. Realmente depende del contrato en sí y de si su jurisdicción aplica la fuerza mayor de forma liberal o conservadora.

Suponiendo que se cumplan estos criterios, el tribunal finalmente analizará si el cumplimiento fue realmente imposible o simplemente económicamente difícil o impracticable. Es importante destacar que el término imposibilidad significa imposibilidad legal. Por ejemplo, si bien puede ser físicamente posible cumplir una obligación contractual cuando una parte contratante se ve obstaculizada por los efectos de la COVID-19, el cumplimiento puede ser legalmente imposible debido a regulaciones gubernamentales, como el cierre de negocios no esenciales, que lo convertirían en ilegal. El tribunal debe determinar que el cumplimiento fue objetivamente imposible para sustentar el incumplimiento por fuerza mayor.

Consejos para empresas afectadas por la COVID-19

Si considera que su desempeño contractual puede verse afectado debido a la pandemia de COVID-19, tome los siguientes pasos para determinar si invocar su cláusula de fuerza mayor es una solución viable:

  1. Revise la disposición de fuerza mayor de su contrato y determine si el COVID-19 puede caer dentro de uno de los eventos calificadores enumerados.
  2. Determine qué requisitos de notificación se aplican para invocar un incumplimiento excusable por fuerza mayor. Muchos contratos establecen requisitos de notificación específicos, además de los que rigen el contrato en su conjunto. La falta de notificación a la(s) otra(s) parte(s) del contrato puede constituir una renuncia. Notifique a la(s) otra(s) parte(s) lo antes posible.
  3. Determinar si existen medios alternativos de ejecución disponibles.
  4. Determinar si el cumplimiento es realmente imposible o si simplemente está retrasado o es económicamente difícil.
  5. Documente todo. Documente cuándo su cumplimiento se volvió imposible, qué medidas tomó para mitigarlo, cuándo notificó el incumplimiento según la cláusula de fuerza mayor de su contrato, etc.
  6. Contacte con un abogado especializado en litigios comerciales que pueda ayudarle a ver qué recursos tiene disponibles.
El derecho es un campo en constante evolución y el contenido aquí incluido puede no reflejar los desarrollos legales, estatutos o jurisprudencia más actuales. 

Esta publicación está destinada únicamente a fines informativos y educativos generales y no constituye asesoramiento legal ni crea una relación abogado-cliente entre EPGD Business Law y cualquier lector.


Antes de actuar con base en cualquier información contenida en esta publicación, le recomendamos buscar asesoramiento legal, financiero o fiscal de un profesional cualificado. Para obtener orientación legal específica, póngase en contacto con nuestro bufete o con cualquiera de nuestros abogados.

EPGD Business Law se encuentra en la hermosa ciudad de Coral Gables. Llámenos al (786) 837-6787 o Contactar con nosotros A través del sitio web para programar una consulta.

*Aviso legal: Esta entrada de blog no pretende ser asesoramiento legal. Le recomendamos encarecidamente que consulte con un abogado si tiene alguna duda legal. Contactarnos a través de nuestro sitio web no implica establecer una relación abogado-cliente.*

Comparta este artículo

Oscar gomez

Oscar A. Gómez es socio y presidente del Grupo de Práctica de Litigios de EPGD Business Law. Su práctica se centra en litigios comerciales, incluyendo, entre otros, disputas mercantiles y societarias.

Discusión

*Los siguientes comentarios no constituyen asesoramiento legal. La respuesta a su pregunta se limita a los hechos básicos presentados. Detalles adicionales podrían alterar considerablemente nuestra evaluación y cambiar la respuesta proporcionada. Para una revisión más exhaustiva de su pregunta, comuníquese con nuestra oficina para una consulta.
Búsqueda

Categorías

Categorías
DESCARGA GRATUITA

El manual del emprendedor

Esta es una guía de referencia legal rápida que cubre 16 temas que todo propietario de un negocio necesita conocer para iniciar un negocio.

DESCARGA GRATUITA

¡Solicite su guía legal gratuita hoy!

Con estas guías, aprenderá a iniciar su negocio correctamente y a proteger su marca. Descargue las guías gratuitas ahora y dé el primer paso para alcanzar sus objetivos.

DESCARGA GRATUITA

¡Reclama tu Guía Legal Gratuita Hoy!

Con estos libros guía, aprenderás cómo iniciar tu negocio de la manera correcta y proteger tu marca. Descarga las guías gratuitas ahora y da el primer paso hacia el logro de tus metas.