Asistencia para el reempleo en Florida: Respuestas sencillas a preguntas frecuentes sobre solicitudes y beneficios por desempleo

Ley EPGD Derecho Laboral

La asistencia gubernamental para trabajadores desempleados está disponible en cada uno de los cincuenta estados de EE. UU., el Distrito de Columbia, Puerto Rico y las Islas Vírgenes Estadounidenses. Este tipo de ayuda gubernamental se conoce comúnmente como "compensación por desempleo"; sin embargo, el nombre oficial adoptado por el estado de Florida es "asistencia para el reempleo". En Florida, el programa de Asistencia para el Reempleo es administrado por el Departamento de Oportunidades Económicas de Florida ("DEO"), que define la "asistencia para el reempleo" como "un beneficio para los floridanos que han perdido su empleo por causas ajenas a su voluntad, que están capacitados y disponibles para trabajar, y que buscan empleo activamente".

Lidiar con el complejo proceso de solicitar asistencia para la recontratación tras un despido inesperado nunca es tarea fácil. Este difícil proceso se complica aún más durante una crisis que genera desempleo masivo, como la que estamos experimentando actualmente debido a la pandemia de COVID-19. Esta guía está diseñada para responder algunas de las preguntas más frecuentes sobre el programa de Asistencia para la Recontratación de Florida y para analizar los cambios en esta área legal que se han implementado a raíz de la pandemia.

Elegibilidad:

Según las pautas del DEO, para recibir asistencia para el reempleo, el solicitante debe cumplir los siguientes requisitos:

  1. Demostrar desempleo total o parcial

    a. Reducción de horas por debajo del horario de tiempo completo. b. Despido total del puesto; o

  2. Estado del trabajador

    a. El solicitante debe estar autorizado para trabajar en los EE. UU. b. El solicitante debe haber completado el registro de trabajo.

  3. Demostrar ingresos suficientes en el “período base”.  El período base se define como los cinco trimestres más recientes. Los ingresos brutos de estos cinco trimestres deben ser mayores o iguales a $3,400.00.

DescalificaciónLos solicitantes que cumplan con los criterios anteriores serán rechazados si el empleador demuestra que fueron despedidos por mala conducta o si renunciaron voluntariamente a su puesto sin justa causa. Según las directrices del DEO, el término "mala conducta" abarca una amplia gama de acciones u omisiones del empleado, como:

  • desprecio consciente de los intereses del empleador;
  • descuido o negligencia que exhibe un desprecio intencional por los deberes;
  • ausentismo crónico o tardanzas; o
  • violación de las normas y reglamentos del empleador.

El proceso de aplicación:

  1. Los solicitantes de beneficios de reempleo inician el proceso completando una solicitud en línea en el portal de solicitudes en línea del Departamento de Oportunidades Económicas de Florida en https://connect.myflorida.com/.
  2. Una vez que se revisa, procesa y acepta la solicitud, el DEO envía una notificación al empleador del solicitante y se le solicita información adicional sobre la terminación o reducción de horas del solicitante.
  3. Con base en la información proporcionada en la solicitud y la respuesta del empleador, el DEO toma una decisión inicial. Si la solicitud es denegada, el solicitante puede presentar una apelación dentro de los 20 días posteriores a la denegación y se programará una audiencia telefónica para revisar el asunto.

Aprobación:

Si se aprueba la solicitud del solicitante, el DEO comenzará a enviarle los pagos de asistencia para la reincorporación laboral mediante depósito directo o tarjetas de débito emitidas por el departamento, quincenalmente, durante un máximo de 12 semanas. El monto de la asistencia se calcula utilizando los ingresos del solicitante del trimestre con mayores ingresos en su período base; sin embargo, el monto de la asistencia no puede exceder los $275.00 por semana ni los $3,300.00 en el período máximo de 12 semanas.

Para mantener la asistencia para el reempleo, el solicitante debe renovar su solicitud cada dos semanas y certificar al departamento que ha buscado empleo diligentemente dentro de ese período.

Impacto de COVID-19

Si bien el proceso para solicitar asistencia para el reempleo descrito anteriormente puede parecer sencillo, la realidad es que, incluso en las circunstancias más ideales, no es raro experimentar algún tipo de retraso administrativo inesperado u oposición por parte del empleador. Cuando se suma una crisis como la pandemia de COVID-19, ambos obstáculos para obtener la ayuda se agravan. Un programa que no está preparado para gestionar una afluencia repentina de solicitudes está sobrecargado, y los empleadores que intentan reducir su plantilla y ahorrar se apresuran a justificar y defender el despido de un empleado para evitar responsabilidades financieras.

El estado de Florida y el DEO han realizado muchos cambios para abordar las deficiencias sistemáticas que se han hecho evidentes durante la crisis.

Cambios de procedimiento realizados al Programa de Asistencia para el Reempleo:

  1. Se ha actualizado y mejorado el portal web CONNECT utilizado para iniciar solicitudes de asistencia para el reempleo.
  2. Se está desarrollando una aplicación móvil que permitirá a los trabajadores desempleados solicitar ayuda utilizando sus teléfonos inteligentes.
  3. Ahora se ofrecen solicitudes en papel para aquellos con acceso limitado a la tecnología y se pueden imprimir y enviar por correo a DEO sin cargo en CareerSource o cualquier sucursal de FedEx.

Cambios sustanciales realizados al Programa de Asistencia para el Reempleo:

  1. El requisito de que los solicitantes demuestren que están “buscando trabajo activamente” se ha suspendido para las reclamaciones realizadas entre el 15 de marzo de 2020 y el 2 de mayo de 2020.
  2. El requisito de que los solicitantes se registren para trabajar como condición para mantener sus beneficios de asistencia para el reempleo se ha suspendido hasta el 2 de mayo de 2020.
  3. Los informes de búsqueda de trabajo se han suspendido hasta el 2 de mayo de 2020.

La "semana de espera", entre la aprobación de la asistencia y el primer pago, se ha suspendido. Los pagos se están agilizando y ahora están disponibles durante la primera semana de desempleo.

Suplemento federal de la Ley CARES a la Asistencia para el Reempleo de Florida:

En virtud de la Ley CARES, los beneficios estatales para los trabajadores desempleados se han complementado con tres disposiciones clave:

  1. Segundo. 2104La Ley Federal de Desempleo por Pandemia (PUC) proporciona $600.00 adicionales por semana, además del beneficio máximo estatal que se otorga al solicitante. Este suplemento no se carga a la cuenta del empleador. Este suplemento está disponible para solicitudes presentadas como resultado de la pérdida del empleo entre el 29 de marzo y el 31 de julio de 2020.
  2. Segundo. 2107:A los solicitantes se les conceden 13 semanas de beneficios además del período de beneficio máximo de su estado.
  3. Segundo. 2104Asistencia por Desempleo Pandémico (“PUA”): amplía la cobertura para trabajadores independientes y autónomos que han perdido su empleo debido a la COVID-19. Se creó para ayudar a quienes normalmente no estarían cubiertos por los programas de desempleo de su estado.

Si bien el sistema puede no ser perfecto, el objetivo tanto del gobierno estatal como del federal es brindar ayuda a quienes se han visto afectados por esta pandemia de la manera más eficiente posible. Incluso si no está seguro de si califica debido a sus circunstancias particulares, el DEO sugiere que cualquier persona que considere que podría calificar presente su solicitud.

 

El derecho es un campo en constante evolución y el contenido aquí incluido puede no reflejar los desarrollos legales, estatutos o jurisprudencia más actuales. 

Esta publicación está destinada únicamente a fines informativos y educativos generales y no constituye asesoramiento legal ni crea una relación abogado-cliente entre EPGD Business Law y cualquier lector.


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Silvino Díaz

Silvino Edward Díaz, Esq., es el Director del Grupo de Derecho del Entretenimiento en EPGD. Cuenta con más de 10 años de experiencia representando a artistas, compañías y marcas ganadores de premios Grammy y Emmy en importantes acuerdos, demandas y como asesor general. Ha representado a proveedores de streaming digital (DSP) líderes mundiales, así como a publicaciones de renombre como Rolling Stone en Español y otras empresas globales. Su práctica abarca industrias como la música, las artes, la tecnología, las criptomonedas, los medios de comunicación, la industria editorial y la privacidad de datos, entre otras. La revista Billboard lo reconoció como uno de los mejores abogados musicales de Estados Unidos (2022); y Super Lawyers lo distinguió como una estrella en ascenso en deportes y entretenimiento (2021-2025). Es profesor, orador y mentor de miles de personas a través de su plataforma Starving Artists, un servicio legal y canal de medios para artistas, creadores y emprendedores. Es autor de tres (3) libros, incluyendo la "Guía de Ventas de Catálogos Musicales", una guía práctica integral para artistas, ejecutivos y profesionales de la industria musical.

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