La ley federal no prevalece sobre la ley estatal, y la declaración financiera de una marca federal debe presentarse ante el secretario de estado. Dicho esto, la Oficina de Patentes y Marcas de EE. UU. (“USPTO") proporciona un método para registrar una garantía real sobre marcas y patentes. A continuación, se presentan algunos aspectos a tener en cuenta.
- Una vez que tenga una sentencia en Florida, considere el plazo de prescripción, que es de 20 años para cobrar una sentencia en Florida.
- Registrar la sentencia en el distrito donde se ubica la marca y obtener una orden de conservación del tribunal. El tribunal debe tener jurisdicción sobre la marca.
- Registre una garantía real sobre la marca ante la USPTO y el secretario de estado del estado. Desea evitar cualquier reclamación de que la garantía real no se registró correctamente.
- Si no logró obtener una garantía real sobre la marca, pero obtuvo una sentencia, puede forzar la liquidación de la marca mediante el nombramiento de un síndico, lo cual se rige por la legislación de cada estado. La orden que designa al síndico y establece sus funciones debe mencionar específicamente la obligación de adquirir y vender toda la propiedad intelectual, incluidas las marcas.
- FL requiere el registro de una copia certificada de una sentencia en los registros públicos del condado donde el deudor posee la propiedad.
- Consulte la ley estatal para ver si permite al tribunal ordenar a la parte perdedora que transfiera la propiedad de la marca al cliente. De ser así, solicite al tribunal que transfiera la marca al cliente; de lo contrario, el tribunal puede designar un síndico para que tome posesión de la marca en lugar de transferirla directamente a su cliente.
- Antes de poder embargar la propiedad de alguien, debe obtener permiso del tribunal en forma de orden de ejecución, orden de embargo, orden de embargo o documento con título similar.
- En la mayoría de los estados, puede obtener su orden judicial del secretario del tribunal de reclamos menores.
- Una vez que el tribunal emita su orden judicial, llévela o envíela al sheriff, alguacil o agente de policía del condado donde se encuentran los bienes. Debe entregarle al oficial la siguiente información:
- El original del auto y de una a tres copias, según los requisitos del sheriff, alguacil o agente de policía. Conserve una copia del auto para sus archivos.
- Las tarifas requeridas para la recolección de la marca.
- Instrucciones sobre el tipo de activo a recolectar y su ubicación. Se acepta una carta.
- No se demore en notificar la orden de ejecución porque generalmente caduca si el alguacil no la notifica al deudor dentro de una cierta cantidad de días desde su emisión.
- Comprobar sunbiz.org Para ver si hay algún gravamen judicial presentado contra el deudor
- Consultar acreedores. www.floridaucc.com
- Si corresponde, notificar a los acreedores y a cualquier persona que pueda tener un gravamen judicial contra el deudor.
Si algo de lo mencionado anteriormente no le queda claro o le resulta familiar a usted o a alguien que conoce, EPGD Business Law está aquí para ayudarle. Nuestro equipo está disponible para hablar con usted cuando lo desee. Puede contactarnos por correo electrónico o teléfono. (786) 837-6787 / info@epgdlaw.com
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