Demandas por “Drive By”… ¿qué?

Podrías pensar que estamos escuchando demasiado. El paraíso de los gangsters Cuando en realidad, hablamos de una tendencia legal actual: las demandas por conducir desde el coche según la ADA. Para entender de qué hablamos, primero debes comprender un poco la ADA.

La Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA), promulgada en 1990, prohíbe la discriminación contra las personas con discapacidad en el empleo, el transporte, el alojamiento público, las comunicaciones y las actividades gubernamentales.

Actualmente, el Título III de la ADA prohíbe a quienes poseen, alquilan, arriendan o administran lugares de alojamiento público discriminar contra las personas con discapacidad. Además, el Título III exige que los propietarios que construyen o reforman lugares de alojamiento público o instalaciones comerciales las hagan fácilmente accesibles para las personas con discapacidad.

Pero, ¿a quién se aplica? La disposición del Título III sobre alojamientos públicos se aplica a cualquier organización sin fines de lucro o establecimiento comercial privado abierto al público para la venta o el arrendamiento de bienes o servicios. La ADA enumera 12 categorías generales de alojamientos públicos, entre ellas: alojamientos, lugares que sirven comida o bebida, lugares de exhibición o entretenimiento, lugares de reunión pública, establecimientos de venta o alquiler, establecimientos de servicio, estaciones utilizadas para transporte público específico, lugares de exhibición o recolección pública, lugares de recreación, lugares educativos, centros de servicios sociales y lugares de ejercicio o recreación.

Entidades como restaurantes, consultorios médicos, guarderías, hoteles, supermercados, gasolineras, cines y museos se consideran establecimientos públicos. Los clubes privados y las organizaciones religiosas son las únicas entidades privadas explícitamente exentas de los requisitos del Título III.

¿Por qué debería preocuparse por esto? Como se mencionó anteriormente, las demandas informales bajo la ADA están en aumento. Por lo tanto, los dueños de negocios deben revisar detenidamente sus instalaciones, centrándose en el cumplimiento de la ADA. Una demanda informal generalmente implica que un demandante con discapacidad litigante se asocia con un abogado para recorrer negocios en busca de violaciones de la ADA. Luego, estos abogados presentan demandas en nombre del demandante con discapacidad y solicitan daños y perjuicios por cada infracción que identifican, sin informar al establecimiento afectado de ninguna violación de la ADA. Estos abogados tienden a enfocarse en las pequeñas empresas porque es probable que estas lleguen a acuerdos rápidamente, lo que significa dinero rápido para ellas.

Las empresas deben tener en cuenta que el Título III de la ADA establece los estándares mínimos de accesibilidad para reformas y nuevas construcciones de instalaciones, y exige que los establecimientos públicos eliminen las barreras en los edificios existentes cuando sea fácil hacerlo sin mayor dificultad ni gasto. Cumplir con estos requisitos puede protegerlos a usted y a su empresa de demandas por intrusión.

En general, si está pensando en comprar un negocio, asegúrese de inspeccionar las instalaciones para detectar cualquier infracción de la ADA. De lo contrario, se verá obligado a comprar el negocio tal como está y podría incurrir en responsabilidades. Además, si le demandan por tráfico vehicular, contrate a un abogado lo antes posible.

Si tiene alguna pregunta adicional sobre el asunto, estaremos encantados de ayudarle y puede contactarnos directamente por teléfono o correo electrónico. (786) 837-6787 o info@epgdlaw.com

*Descargo de responsabilidad: Esta entrada de blog no pretende ser asesoramiento legal. Le recomendamos encarecidamente que consulte con un abogado si tiene alguna duda legal. Contactarnos a través de nuestro sitio web no implica establecer una relación abogado-cliente.*

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