Si soy extranjero y resido en Estados Unidos, ¿debo pagar impuestos federales sobre la renta?
Los extranjeros que residen en Estados Unidos están sujetos al impuesto federal sobre la renta si residen en el país durante un número considerable de días al año. Si reside en Estados Unidos solo unos meses al año, debe pagar el impuesto federal sobre la renta si cumple con la Prueba de Presencia Sustancial. Incluso si cumple con la Prueba de Presencia Sustancial, el IRS puede clasificarlo como extranjero no residente si cumple con la Excepción de Conexión Más Estrecha.
¿Qué es la prueba de presencia sustancial??
Generalmente, un extranjero cumple con el requisito de presencia sustancial si estuvo físicamente presente en EE. UU. durante al menos 31 días en el año en curso y 183 días en los últimos tres años. Sin embargo, el requisito se pondera para dar importancia a la presencia física del individuo en los años más recientes. Se cuentan todos los días de presencia física del año en curso (2021), pero solo un tercio de los días de presencia física del año anterior (2020) y solo un sexto de los días de presencia física del año anterior (2019). Por ejemplo, si usted es ciudadano canadiense, pero estuvo físicamente presente en Florida durante 120 días en 2021, 120 días en 2020 y 120 días en 2019, no se le consideraría residente según el requisito de presencia sustancial, ya que el total ponderado de tres años es de solo 180 días.
Si cumple con el requisito de presencia sustancial, el IRS lo considera oficialmente residente de EE. UU. Sin embargo, puede eludir sus requisitos de declaración de impuestos si cumple con la Excepción de Conexión Más Estrecha.
¿Qué es la excepción de conexión más estrecha?
Incluso si cumple con la prueba de presencia sustancial, puede reclamar la exención de conexión más cercana estableciendo una conexión más cercana con otro país bajo tres condiciones:
- Estuvo presente en los Estados Unidos durante Menos de 183 días durante el año en curso;
- Tiene domicilio fiscal en un país extranjero; y
- Durante el año en curso, usted tuvo una conexión más estrecha con un país extranjero. en el que usted tiene un domicilio fiscal que en los Estados Unidos.
También se puede acogerse a la excepción demostrando un vínculo más estrecho con dos países extranjeros.
¿Qué significa “Tax Home”?
A efectos de la excepción por vínculo más estrecho, su domicilio fiscal es la zona general de su lugar principal de trabajo, empleo o puesto de trabajo, independientemente de dónde mantenga una vivienda familiar. Un domicilio fiscal es el lugar donde trabaja de forma permanente o indefinida. Si no tiene un lugar principal de trabajo, su domicilio fiscal es el lugar donde reside habitualmente. Su domicilio fiscal debe existir durante todo el año y debe estar en el país con el que declara tener un vínculo más estrecho.
¿Qué formularios debes presentar para establecer una “Conexión más Estrecha”?
Para establecer una conexión más cercana, debe presentar la Declaración de excepción de conexión más cercana para extranjeros (formulario 8840). El formulario 8840 debe adjuntarse al formulario 1040-NR, que es la declaración de impuestos sobre la renta de extranjeros no residentes de los EE. UU. El formulario 8840 no se puede presentar después de la fecha de vencimiento del formulario 1040-NR. Esta fecha de vencimiento generalmente es el 15 de abril para aquellos que son empleados que reciben salarios sujetos a retención de impuestos sobre la renta de los EE. UU. o tienen un lugar de negocios en los EE. UU. La fecha de vencimiento generalmente es el 15 de junio para aquellos que no reciben salarios sujetos a retención de impuestos sobre la renta de los EE. UU. o tienen un lugar de negocios en los EE. UU. Se pueden otorgar extensiones a través del formulario 4868. El formulario 8840 debe presentarse anualmente para evitar estar sujeto a impuestos federales sobre la renta de los EE. UU., ya que la prueba de presencia sustancial se aplicará anualmente.
¿Quién determina si usted cumple con los requisitos para la Excepción de Conexión Más Estrecha?
El IRS tiene discreción para determinar si se estableció una "conexión más estrecha". Para establecer una conexión más estrecha, debe mantener contactos más significativos con un país extranjero que dentro de Estados Unidos. El IRS, entre otros factores, considera:
- donde se encuentra su domicilio permanente habitual;
- donde se encuentra tu familia;
- donde se encuentran/registran sus automóviles;
- donde se encuentran sus pertenencias personales;
- donde usted realiza actividades comerciales;
- donde está registrada su licencia de conducir;
- donde está registrado para votar;
- ¿Qué país figura como su país de residencia en los documentos oficiales?
- ¿De qué país obtiene la mayor parte de sus ingresos anuales?
- ¿En qué país/países se encuentran sus inversiones?
Estos factores no son excluyentes y se pueden considerar otros factores para determinar una conexión más estrecha.