¿Necesito un aviso de derechos de autor?
Actualmente, el "Aviso de Derechos de Autor" es el mecanismo utilizado para informar a terceros sobre la protección de los derechos de autor de una obra. El Aviso de Derechos de Autor consiste en incluir junto con la obra la siguiente información: 1) la letra "c" dentro de un círculo o la palabra "derechos de autor", 2) el año de publicación inicial y 3) el nombre del autor o autores.
La función más importante de este mecanismo, para las obras creadas hoy en día, es servir de advertencia a quienes se apropian indebidamente de ellas o infringen algún derecho de autor. Una vez incluido el aviso en la obra publicada, el infractor no puede alegar desconocimiento de la ley («infracción inocente»), ya que se presume que vio el aviso y lo ignoró.
Sin embargo, el propósito y el efecto de este aviso varían según la fecha de publicación inicial de la obra. Hay tres períodos importantes a considerar. La ley opera de diferentes maneras según la fecha de publicación original de la obra.
Derechos de autor entre 1909 y 1978: Según la antigua Ley de Derechos de Autor de 1909, la obra adquiría protección en el momento de su publicación, y solo si todas las copias publicadas llevaban la mención. Cualquier omisión, incluso en una sola copia entre miles, conllevaba la pérdida de los derechos de autor.
Derechos de autor entre 1978 y 1989: La Ley de Derechos de Autor de 1976 disponía que la obra adquiría sus derechos en el momento de su fijación en un medio de expresión tangible. Sin embargo, mantuvo el requisito de la notificación en las obras publicadas. Por lo tanto, al crear la obra, el autor adquiría sus derechos de autor; pero si decidía publicarla, debía incluir la notificación. De lo contrario, perdería sus derechos.
Derechos de autor entre 1989 y la actualidad: Cuando Estados Unidos se adhirió al Convenio de Berna en 1989, acordó eliminar de su legislación el requisito de notificación para las obras publicadas, mediante la Ley de Implementación del Convenio de Berna. Es decir, desde 1989, ya no es necesario incluir la notificación junto con la obra para conservar los derechos de autor.
¿Puedo restaurar los derechos de autor?
El término "publicación", para obras creadas antes de 1989, se entendía generalmente como "distribución física de ejemplares al público sin restricciones de uso". Los derechos perdidos de las obras nacionales publicadas bajo leyes anteriores no pueden recuperarse mediante enmiendas y nuevas leyes. Sin embargo, para las obras extranjeras que han pasado al dominio público debido a las disposiciones de notificación de las leyes de derecho de autor de 1909 o 1976, el Convenio de Berna prevé la restauración de sus derechos de autor.