Si usted es un artista o deportista extranjero no residente que presta servicios personales o participa en eventos deportivos en Estados Unidos, su impuesto sobre la renta estadounidense generalmente se retendrá a una tasa del 30 % de sus ingresos brutos. Sin embargo, podría llegar a un acuerdo con el gobierno estadounidense, a través del Servicio de Impuestos Internos (IRS), para reducir significativamente su retención, bajo ciertas condiciones.
¿Qué es un acuerdo de retención central?
Un Acuerdo Central de Retención (CWA) es una herramienta que puede ayudar a los artistas que no residen en EE. UU., pero planean trabajar aquí. Un CWA es un acuerdo para la retención del impuesto sobre la renta estadounidense basado en los ingresos del no residente. Un CWA es un contrato entre el IRS, el artista y un "agente de retención" designado que cubre una gira específica o una serie de eventos dentro de un año fiscal determinado. El acuerdo no entra en vigor hasta que las tres partes lo hayan firmado. Los CWA están disponibles solo para particulares, no para empresas, y no se aplican a extranjeros residentes.
Si el artista no residente obtiene un CWA, el IRS calculará el impuesto real adeudado por el artista o artista por el evento o gira, y este monto se retendrá de su ingreso, en lugar de retener el 30 % del ingreso bruto.
El agente de retención puede ser el agente, representante, promotor, contador, abogado o cualquier persona independiente del artista, aceptable para el artista y el IRS. Un agente de retención puede ser una persona física, una corporación, una sociedad colectiva, un fideicomiso, una asociación, incluyendo un intermediario extranjero, una sociedad colectiva extranjera u otras entidades identificadas. Un agente de retención es la persona responsable de retener los pagos realizados a una persona extranjera. El agente debe retener y remitir al IRS la retención de impuestos de acuerdo con los términos de la Ley de Bienes Raíces (CWA) y proporcionar una contabilidad final de los ingresos y gastos del artista.
Una vez formalizado y firmado el Acuerdo de Retención de Impuestos (CWA) por todas las partes, el agente de retención designado asume la responsabilidad de retener y declarar los impuestos correspondientes a todo el tour o evento, liberando a los demás agentes de la obligación de retenerlos. El agente de retención es personalmente responsable de cualquier impuesto que deba retenerse. Esta responsabilidad es independiente de la obligación tributaria de la persona extranjera en nombre de la cual se realiza el pago. Si el agente no retiene y la persona extranjera no cumple con su obligación tributaria en EE. UU., ambas partes serán responsables del pago de impuestos, así como de los intereses y las sanciones.
¿Cuáles son los beneficios de obtener un CWA?
Si bien no es obligatorio que un artista obtenga un CWA, sin duda es una opción atractiva para quienes desean reducir su tasa de retención. En resumen, un CWA logra lo siguiente:
- Designa un único agente de retención para retener y depositar una cantidad acordada;
- Permite al IRS evaluar el presupuesto de ingresos y gastos, para determinar un ingreso neto tributable potencial de los servicios personales prestados,
- Determina la retención en función de las tasas impositivas graduadas utilizadas en la declaración de impuestos.
El IRS estima la obligación tributaria real del artista por los ingresos estadounidenses obtenidos. Los artistas no residentes que ganen menos de $10,000 en un año calendario pueden solicitar un CWA Simplificado. Quienes superen los $10,000 deben solicitar el CWA tradicional.
Los sueldos, salarios o cualquier otra remuneración por servicios prestados a empleados (denominados colectivamente "salarios") pagados al artista están sujetos a retención gradual, al igual que para los ciudadanos estadounidenses y los extranjeros residentes. Sin embargo, un artista puede deducir ciertos gastos comerciales de su renta imponible. Por ejemplo, los gastos de entrenamiento que un atleta de combate realiza para prepararse para un combate específico se consideran deducibles al calcular la obligación tributaria para un Acuerdo de Trabajo de Combate (CWA), si se determina que están relacionados con los ingresos obtenidos en EE. UU.
¿Qué necesito para obtener un CWA?
Para que una solicitud de CWA sea aceptada para su procesamiento, debe incluir la siguiente información mínima:
- El formulario de solicitud debe incluir al menos:
- Nombre del artista a cubrir
- Número de Seguro Social o ITIN del NRA, si se conoce
- Evento del tour o evento a cubrir
- Declaración bajo pena de perjurio firmada por un titular válido del Formulario 2848 o por un extranjero no residente (NRA).
- Forma 2848 o Forma 8821
- Itinerario preliminar de los eventos
- Presupuesto preliminar de ingresos y gastos
En cuanto a los artistas intérpretes o ejecutantes, el IRS exige que se incluyan en la solicitud de la CWA, mientras que el personal no intérprete debe figurar en una hoja de información adjunta. En cuanto al presupuesto, este debe incluir la siguiente información:
- Todos los ingresos de EE.UU.:
- Hotel/Alojamiento: cuántas habitaciones, costo por habitación, para qué fechas);
- Gastos de viaje: cada vuelo, el número de billetes a adquirir y la ciudad de salida y destino.
- Dietas: El IRS permitirá que un artista reclame solo el 50% de sus dietas como deducción; el otro 50% se considera ingreso para el artista; las dietas permitidas están limitadas por la tasa de dietas del gobierno actual, que varía de una ciudad a otra.
- Alquiler de instrumentos/Backline:
También debe presentar una carta de presentación firmada directamente por cada artista que solicite un CWA. Para solicitar un CWA, el artista debe presentar sus declaraciones de impuestos sobre la renta de EE. UU. anteriores y pagar los impuestos correspondientes. Si el artista ha actuado en EE. UU. en años anteriores, debe haber presentado sus declaraciones de impuestos de EE. UU. correspondientes a esos años. De lo contrario, debe hacerlo antes de poder optar a un CWA. El artista debe comprometerse a presentar puntualmente su declaración de impuestos de EE. UU. para el año fiscal en curso.
Un deportista o artista extranjero no residente debe presentar una declaración de impuestos de EE. UU. (Formulario 1040-NR) para cualquier año fiscal en el que haya realizado actividades comerciales o empresariales en EE. UU. o haya obtenido otros ingresos sujetos a impuestos, independientemente de sus ganancias o pérdidas. Las solicitudes de CWA deben enviarse por fax al 866-715-1507 o por correo postal a la siguiente dirección:
Programa de Acuerdo de Retención Central
850 Trafalgar Court, Suite 200
Maitland, Florida 32751-4153
Las solicitudes de un CWA deben ser recibidas por el IRS al menos 45 días antes del primer evento que tendrá lugar en los EE. UU.