Las asociaciones de propietarios están sujetas a las normas y reglamentos del Capítulo 720 de los Estatutos de Florida. Este Capítulo delega las facultades, normas y obligaciones de la asociación, establece mecanismos de resolución de disputas, así como las mejoras, derechos y privilegios de los propietarios. Un propietario de vivienda o de condominio puede demandar a su respectiva asociación por reclamaciones que no estén sujetas a arbitraje obligatorio; de conformidad con el Capítulo 720, solo las disputas sobre elecciones y revocaciones están sujetas a arbitraje obligatorio.
¿Por qué puedo demandar a mi Asociación?
Los miembros de la junta directiva de la asociación tienen el deber de actuar en el mejor interés de los miembros y hacer cumplir los convenios, condiciones y restricciones establecidos en los estatutos. Las demandas más comunes por las que los propietarios de viviendas o condominios pueden demandar a su asociación son incumplimiento del deber fiduciario, incumplimiento de convenios, incumplimiento de contrato, negligencia, malversación de fondos, acoso, discriminación y malversación de fondos, robo o fraude.
Mi asociación de propietarios en el sur de Florida me está poniendo en la mira, ¿qué puedo hacer?
Si cree que la asociación de propietarios o condominios lo está atacando, debería buscar la representación de un abogado especializado en derecho mercantil. Cuando el propietario de una vivienda o condominio considera que las normas no se aplican equitativamente, o incluso no se aplican, puede presentar una demanda por aplicación selectiva. La aplicación selectiva es una defensa afirmativa que alega que las normas se aplican de forma desigual e intencionada. Para probar esta demanda, el propietario debe presentar una comparación directa que indique todos los ejemplos de aplicación selectiva en la asociación, identificar a todos los propietarios afectados y el tiempo que lleva ocurriendo esta infracción, e indicar si la junta tenía conocimiento de la existencia de alguna de estas infracciones. Si los convenios se han aplicado de forma arbitraria y caprichosa, o si la asociación ha optado injustamente por aplicar el convenio a uno o varios propietarios y no a todos los que se encuentran en una situación similar, entonces existe una demanda viable.