¿Puedo tener una panadería en mi casa en Florida?

Horneando un pastel en una cocina rural - ingredientes de la receta de masa sobre madera

En Florida, los negocios de panadería casera con ventas brutas anuales de $50,000 o menos pueden operar como establecimientos de alimentos caseros. Estos establecimientos no pueden vender productos que presenten un riesgo de enfermedades transmitidas por los alimentos, incluyendo aquellos que requieren control de tiempo y temperatura. Por lo tanto, no pueden vender productos horneados refrigerados, como tartas de queso.

¿Qué pueden vender las operaciones de alimentos caseros de Florida?

Solo se permite la venta como "productos artesanales" de alimentos almacenados en las instalaciones de la empresa de alimentos caseros. Los ingredientes y los productos artesanales terminados deben almacenarse en la vivienda unifamiliar donde se elaboran. Esto incluye una cocina, una habitación de invitados o un sótano libre de humedad, agua, plagas u otras condiciones insalubres. 

Las empresas de alimentos caseros solo pueden vender productos envasados ​​con una etiqueta que contenga información específica en inglés. La información requerida incluye el nombre y la dirección de la empresa; el nombre del producto; los ingredientes en orden descendente de predominio por peso; el peso neto o volumen del producto; la información sobre alérgenos, según lo especificado por la ley federal; y la información nutricional aplicable, según lo especificado por la ley federal. La siguiente declaración debe ser claramente visible en letra de tamaño mínimo de 10 puntos: "Elaborado en una empresa de alimentos caseros que no está sujeta a la normativa de seguridad alimentaria de Florida". 

¿Las operaciones de alimentos caseros en Florida necesitan licencias?

Las operaciones de alimentos caseros no requieren licencia ni permiso del Departamento de Agricultura y Servicios al Consumidor de Florida (FDACS) y no son inspeccionadas por ninguna entidad gubernamental estatal. Sin embargo, el FDACS se reserva el derecho de presentar una solicitud por escrito a cualquier operador de alimentos caseros solicitando documentación que verifique las ventas brutas anuales de la operación. Si se presenta alguna queja relacionada con la violación de las leyes de alimentos caseros de Florida, el FDACS se reserva el derecho de investigar dichas posibles violaciones y denuncias de la ley estatal. Las operaciones de alimentos caseros no están exentas de ninguna ley, norma o reglamento fiscal estatal o federal aplicable y deben cumplir con todas las leyes municipales y del condado aplicables.

Los operadores de alimentos caseros pueden anunciar, ofrecer y aceptar pagos por productos alimenticios caseros en su sitio web, pero tienen prohibido entregarlos por correo. Los alimentos caseros deben venderse y entregarse directamente al consumidor o en su lugar de celebración. La venta al por mayor de productos alimenticios caseros está prohibida.

¿Qué pasa si quiero vender alimentos con temperatura controlada en Florida?

Si desea vender alimentos con temperatura controlada en Florida, debe hacerlo en una cocina comercial o comisariato. Las cocinas comerciales y comisariatos son instalaciones de uso comercial autorizadas para que los proveedores de servicios de alimentos preparen y almacenen alimentos. Una residencia privada no es ni puede ser una cocina comercial ni un comisariato.  

Algunas cocinas comerciales y comisariatos son espacios compartidos, donde varias personas pueden tener acceso a la cocina colectiva. Si desea abrir su propia cocina comercial, debe obtener varias licencias/permisos, comenzando con un permiso del FDACS. Puede completarlo y enviarlo en el sitio web de la agencia.

El derecho es un campo en constante evolución y el contenido aquí incluido puede no reflejar los desarrollos legales, estatutos o jurisprudencia más actuales. 

Esta publicación está destinada únicamente a fines informativos y educativos generales y no constituye asesoramiento legal ni crea una relación abogado-cliente entre EPGD Business Law y cualquier lector.


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Silvino Díaz

Silvino Edward Díaz, Esq., es el Director del Grupo de Derecho del Entretenimiento en EPGD. Cuenta con más de 10 años de experiencia representando a artistas, compañías y marcas ganadores de premios Grammy y Emmy en importantes acuerdos, demandas y como asesor general. Ha representado a proveedores de streaming digital (DSP) líderes mundiales, así como a publicaciones de renombre como Rolling Stone en Español y otras empresas globales. Su práctica abarca industrias como la música, las artes, la tecnología, las criptomonedas, los medios de comunicación, la industria editorial y la privacidad de datos, entre otras. La revista Billboard lo reconoció como uno de los mejores abogados musicales de Estados Unidos (2022); y Super Lawyers lo distinguió como una estrella en ascenso en deportes y entretenimiento (2021-2025). Es profesor, orador y mentor de miles de personas a través de su plataforma Starving Artists, un servicio legal y canal de medios para artistas, creadores y emprendedores. Es autor de tres (3) libros, incluyendo la "Guía de Ventas de Catálogos Musicales", una guía práctica integral para artistas, ejecutivos y profesionales de la industria musical.

Discusión

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Comentarios 2

  1. Hola Silvino y equipo legal: Quiero empezar un negocio de catering desde casa para servir pizza y pan. Necesito su consejo para saber si está permitido en Florida. Ya tengo el negocio registrado en el estado de Florida y necesito añadir una subcategoría de catering. ¿Qué más debo hacer y cuáles son sus tarifas? Por favor, infórmeme lo antes posible. Gracias.

    1. Hola Eany,

      ¡Gracias por su interés en nuestro blog! Crear su empresa puede parecer abrumador, pero parece que ya ha completado el trámite para registrarse en el Estado de Florida. Para los próximos pasos, llámenos al (786) 837-6787 para brindarle la mejor información posible. Esperamos tener noticias suyas.

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