¿Puede la policía utilizar vídeos en directo de Facebook como prueba?
Las redes sociales parecen evolucionar minuto a minuto. Anteriormente, exploramos la admisibilidad de publicaciones en redes sociales como prueba en un juicio y los obstáculos para admitir la publicación. En Trail v. Lesko, No. GD-10-017249, 2012 Pa. Dist. & Cnty. Dec. LEXIS 194 (CP 3 de julio de 2012), el Tribunal cita ejemplos de casos en los que un tribunal otorgó acceso a redes sociales debido a que el usuario ya había publicado "pruebas" accesibles para la parte contraria, lo que demostraba la probabilidad de que se encontrara información adicional pertinente al caso. Sin embargo, en ese caso no se consideró la cuestión de la autenticación de una publicación, que se ha abordado en un caso recientemente resuelto aquí en Florida.
El caso de Lamb v. State, 246 So. 3d 400 (Fla. 5th DCA 2018) abordó recientemente la cuestión de si los videos de “Facebook Live” se autenticaban a sí mismos. “El mero hecho de que un elemento aparezca en línea no lo convierte en autoautenticado. Se puede requerir testimonio predicado para establecer su autenticidad o para probar la veracidad de su contenido”. Id. en 415 (citando Dolan v. State, 187 So. 3d 262, 266 (Fla. 2d DCA 2016)). Sin embargo, el estándar de un tribunal para establecer la autoautenticación es un “umbral bajo que solo requiere una demostración prima facie de que la evidencia presentada es auténtica; la determinación final de la autenticidad de la evidencia es una pregunta para el investigador de los hechos”. Id. en la página 416 (citando Mullens v. State, 197 So. 3d 16, 25 (Fla. 2016)).
¿Se pueden utilizar los vídeos en directo de Facebook en los tribunales?
En Lamb, el Estado intentó admitir un video de Facebook Live publicado por un coacusado que retrataba al acusado y al coacusado en un vehículo robado. Lamb, pág. 300. Además, el video fue publicado poco después del secuestro del auto. Id. El video fue autenticado en el tribunal de primera instancia visitando la página pública de Facebook de uno de los coacusados, buscando videos publicados dentro del período del robo de auto, encontrando el video de Facebook Live, descargándolo y confirmando que el video que se buscaba presentar como evidencia era el mismo que el video publicado en la página de los coacusados. Id. Sin embargo, la defensa argumentó que la confirmación del acusado, los coacusados u otros testigos que aparecen en el video, o de alguien que lo grabó, era necesaria para autenticar el video. Id.
Sin embargo, el Tribunal decidió seguir el estándar establecido en US v. Broomfield, 591 Fed. Appx 847 (11th Cir. 2014): “[U]nas características distintivas y el contenido de un video, junto con la evidencia circunstancial, son suficientes para autenticar el video”. Lamb, en 300. Por lo tanto, en Lamb, la evidencia circunstancial del acusado apareciendo en el vehículo robado, con el coacusado, en un momento poco después del secuestro del auto denunciado fue suficiente para presentarla al jurado para que determinara cuánta credibilidad le darían al video.
En una era donde las leyes de las redes sociales cambian tan rápido como las propias plataformas, siempre sea precavido y considerado al subir videos. Internet es para siempre.