La Regla 4-8.6 del Reglamento del Colegio de Abogados de Florida especifica los tipos de entidades comerciales permitidas para el ejercicio de la abogacía en el estado de Florida. La Regla 4-8.6 establece en su parte pertinente: «Los abogados podrán ejercer la abogacía bajo la forma de sociedades de servicios profesionales, sociedades profesionales de responsabilidad limitada, empresas unipersonales, sociedades colectivas o sociedades de responsabilidad limitada organizadas o habilitadas conforme a la legislación aplicable».
Las corporaciones de servicios profesionales son empresas constituidas que ofrecen servicios al público que solo pueden ser prestados por personas con licencia. Ejemplos comunes incluyen médicos, abogados y contadores. En Florida, las empresas estructuradas como corporaciones de servicios profesionales deben usar las palabras "chartered", "professional association" o "PA" en su nombre comercial o, alternativamente, registrar su nombre comercial como un nombre ficticio ante la División de Corporaciones.
Asimismo, las sociedades profesionales de responsabilidad limitada (PLLC) son sociedades de responsabilidad limitada cuyos socios son profesionales colegiados en un campo específico. Es imperativo que las sociedades que operan como corporaciones de servicios profesionales o sociedades profesionales de responsabilidad limitada estén compuestas únicamente por profesionales colegiados para prestar servicios en ese sector específico. Por lo tanto, en el caso de las corporaciones de servicios profesionales, todos los accionistas deben ser profesionales colegiados, y en el caso de las sociedades profesionales de responsabilidad limitada, el mismo requisito se aplica a sus socios.
La conversión de una PLLC a una PA se realiza mediante la presentación de los Artículos de Conversión estándar ante la División de Corporaciones del Departamento de Estado de Florida. Sin embargo, antes de realizar la conversión, es recomendable consultar con un abogado especializado en derecho corporativo para comprender las implicaciones que esto puede tener en la estructura, las formalidades y el tratamiento fiscal de su empresa.