¿Qué debo hacer para ser elegible para Medicaid en Florida?
Para ser elegible para Medicaid en Florida, el solicitante debe cumplir con los requisitos básicos de elegibilidad, los requisitos médicos, los requisitos de activos y los requisitos de ingresos.
Además de ser ciudadano estadounidense, los requisitos básicos de elegibilidad en Florida incluyen:
- Tener más de 64 años; o
- Estar embarazada o tener un hijo menor de edad; o
- Ser ciego o discapacitado.
Los ingresos anuales de un solicitante soltero deben ser de $16,971 antes de impuestos. Para un hogar de dos personas, los ingresos anuales no deben superar los $22,930.
Los requisitos médicos para Medicaid generalmente implican la necesidad de cuidados a largo plazo en un hogar de ancianos y la incapacidad de realizar ciertas funciones básicas de la vida diaria sin ayuda.
Los requisitos de ingresos y activos varían según el tipo de Medicaid que se desee recibir. Para Medicaid institucional/de residencias de ancianos y servicios domiciliarios y comunitarios, los ingresos mensuales no pueden superar los $2,349 y el límite de activos es de $2,000. Para Medicaid regular para personas mayores ciegas y discapacitadas, los ingresos mensuales tienen un límite de $961 y el límite de activos es de $5,000. Para parejas casadas, estos montos varían. Sin embargo, si un solicitante tiene ingresos mensuales inferiores a $891, puede conservar $5,000 de activos contables.
¿Qué activos cuentan para el límite de activos de Medicaid?
Los activos que se computan para el límite de activos se denominan «activos contables». Los activos que no se computan para dicho límite se denominan «activos exentos».
La residencia principal del solicitante generalmente está exenta del recuento de activos para fines de Medicaid en dos casos:
- Si el solicitante tiene la intención de regresar a la residencia y/o
- Si el cónyuge del solicitante aún reside en la residencia.
Un automóvil estará exento, al igual que ciertos bienes personales. Los bienes personales exentos deben considerarse razonablemente exentos; por lo tanto, no es recomendable comprar joyas nuevas ni otros artículos costosos para eximirlos.
También estarían exentos hasta $2,500 en valor total y combinado en efectivo del seguro de vida, así como los planes funerarios que el solicitante ya haya pagado. Dichos planes funerarios prepagados podrían constituirse en un fideicomiso funerario irrevocable con la ayuda de un abogado especializado en planificación patrimonial.