Problema 1: ¿Una cláusula “tal cual” en un contrato según la ley de Florida incluye las termitas?
Sí. Una cláusula "tal cual" en un contrato bajo la ley de Florida no exime al vendedor de su obligación de revelar al comprador hechos que afecten materialmente el valor de la propiedad y que no sean fácilmente observables para el comprador. Levy contra Creative Const. Services of Broward, Inc., 566 Entonces. 2d 347 (Fla. 3d DCA 1990); Solorzano contra First Union Mortg. Corp., 896 So. 2d 847 (Fla. 4to DCA 2005); Rayner contra Wise Realty Co. de Tallahassee, 504 So. 2d 1361 (1.er DCA de Florida 1987); See Johnson contra Davis 80 So. 2d 625 (Fla. 1985). Para tener derecho a una reclamación bajo la Ley Johnson, el comprador debe probar (1) que el vendedor conocía el defecto, (2) que el defecto afecta significativamente el valor de la propiedad, y (3) que el defecto no era fácilmente observable. Id. Sin embargo, si hubo un problema que el vendedor pensó que ya se había resuelto anteriormente, el vendedor no tiene el deber de revelarlo. Spitale contra Smith, 721 So. 2d 341, 345 (Fla. 2d DCA 1998) (donde el vendedor no tenía la obligación de revelar una gotera en el techo que el vendedor creía que había sido reparada y no estaba al tanto del problema recurrente).
Problema 2: ¿Podemos demandar a la empresa de inspección de viviendas por incumplimiento del trabajo adecuado?
Al comprar una casa, se requiere un informe de inspección de organismos destructores de madera. See Estatuto de Florida 482.226. Es posible que exista una indemnización por daños y perjuicios bajo la Ley de Prácticas Comerciales Engañosas y Desleales de Florida (FDUTPA). La FDUTPA solo permite la indemnización por daños reales, no por daños emergentes. Además, la FDUTPA no permite la indemnización por daños punitivos. Urling contra Helms Exterminators, Inc., 468 So. 2d 451, 1985. Una persona puede demandar si hay evidencia de que el inspector fue negligente en su deber. Rayner contra Wise Realty Co. de Tallahassee, 504 So. 2d 1361, 1365 (Fla. 1st DCA 1987); McNease contra Bone, 448 So. 2d 1160 (Fla. 1st DCA 1984). La salvedad es que podría no haber compensación por daños si el cliente fue informado de una infestación previa al cierre. Química sin riesgo. Co., Inc. contra El-Kerdi, 453 So. 2d 482 (Fla. 2d DCA 1984).