¿Quién paga el Impuesto de Timbre Documentario?
En Florida, quienes transfieren bienes inmuebles a cambio de una contraprestación deben pagar un impuesto de transferencia, denominado «impuesto de timbre documental», sobre los documentos utilizados. Este impuesto tiene una amplia aplicabilidad, ya sea a escrituras, instrumentos o documentos mediante los cuales se otorgan o transfieren tierras, propiedades, bienes inmuebles o derechos sobre los mismos al comprador o a cualquier otra persona bajo su dirección. [1]
¿Cuánto es el Impuesto de Timbre Documentario?
La tasa es de 70 centavos por cada $100 pagados por la propiedad, excepto en el condado de Miami-Dade, donde la tasa es de 60 centavos. [1]
Hipotecas y otras contraprestaciones.
La aplicabilidad del impuesto de timbre no se limita a la adquisición directa de bienes al contado. El impuesto también grava otros valores entregados a cambio de la propiedad, incluyendo la liquidación de una obligación y el importe entregado por cualquier hipoteca u otro gravamen, independientemente de si la hipoteca o la deuda subyacente se asumen o no.
FExenciones del impuesto sobre timbres documentales de Lorida.
Salvo en circunstancias limitadas, el impuesto de timbres documentales de Florida se aplica a las transferencias o transmisiones de bienes de familia o cualquier derecho sobre ellos. Una excepción es la transferencia o transmisión de bienes de familia entre cónyuges. Cuando la familia transferida o transmitida se realiza al cónyuge y lo único que se recibe a cambio es el importe de una hipoteca u otro gravamen que grava la familia al momento de la transferencia, el impuesto de timbres documentales no se aplica.
La exención de vivienda principal incentiva a las personas a invertir en bienes inmuebles al reducir el valor imponible de los mismos. [1] La exención de vivienda principal no es automática. [2] Para recibir la exención, un propietario que tenga el título legal o efectivo de un bien inmueble en Florida y que lo considere su residencia permanente puede solicitar la exención ante el tasador de propiedades del condado donde se ubica la propiedad. [3] Es importante destacar que la vivienda principal debe pertenecer a la persona que solicita la exención; la exención de vivienda principal no se aplica a las propiedades que pertenecen a empresas (como una LLC). [4]
Si desea obtener más información sobre el impuesto de timbre documental u otros asuntos tributarios, no dude en contactar a uno de nuestros abogados expertos en EPGD Business Law, ubicados en la hermosa Coral Gables, Washington D. C., o West Palm Beach, Florida. Llámenos al (786) 837-6629 o envíenos un correo electrónico para programar una consulta.
[1] Estatuto FLA §201.02 1(a).
[1] Código Administrativo de la FLA. §12B-4.012.
[1] Estatuto de la FLA §196.031
[1] Descripción general de los requisitos y la solicitud de una exención de vivienda principal (14 de febrero de 2019). https://www.sc-pa.com/exemptions/homestead/overview/ . Tasador de propiedades del condado de Sarasota.
[1] Estatuto de la FLA §196.031
[1] Ídem.