¿Qué es ADA?
ADA significa Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA). El Título III de la ADA prohíbe que cualquier "alojamiento público" niegue el "disfrute pleno e igualitario" de sus servicios o instalaciones por motivos de discapacidad.
No existen regulaciones claras que definan la accesibilidad de los sitios web. Normalmente, los tribunales realizan un análisis flexible, caso por caso, para garantizar que los requisitos de la Ley no resulten excesivamente gravosos para las empresas.
¿Qué sitios web deben cumplir con la ADA?
- Empresas que operan 20 o más semanas al año
- Los que entran en la categoría de “alojamiento público”
¿Quién puede presentar una demanda bajo la ADA?
El Título III se aplica a las barreras para acceder a un “lugar de alojamiento público”. Independientemente del tipo de barrera, debe haber alguna nexo Entre la presunta infracción y un lugar físico de alojamiento público. Para presentar una demanda conforme a la ADA, el demandante debe demostrar (1) que tiene una discapacidad; (2) que el demandado posee, alquila o gestiona un lugar de alojamiento público; y (3) que el demandado le negó al demandante, debido a su discapacidad, el disfrute pleno e igualitario de las instalaciones.
Además, el demandante debe haber encontrado personalmente la barrera denunciada o debe haber sido disuadido de visitar el alojamiento público como resultado de la barrera.
Al considerar si existe un nexo, los tribunales suelen distinguir entre la imposibilidad de usar un sitio web para obtener información sobre una ubicación física y la imposibilidad de usar un sitio web que impide el acceso para disfrutar de una ubicación física. Solo esta última es suficiente para presentar una demanda. En otras palabras, el sitio web de la empresa debe impedir el pleno disfrute del lugar físico de negocios. Por ejemplo, un tribunal no consideró que el sitio web de una aerolínea fuera un lugar de alojamiento público, mientras que el sitio web de Domino's Pizza sí lo fue.
¿Pueden demandarme por no cumplir con la ADA?
Según la ADA, las personas con discapacidad tienen derecho a presentar una demanda ante un tribunal federal y a obtener una medida cautelar (una orden para detener las violaciones de la ADA), así como el pago de honorarios de abogados. Sin embargo, no se permiten indemnizaciones monetarias.
¿Cómo ven los tribunales hoy las demandas por sitios web ADA?
En los últimos años, jueces federales desde Florida hasta Nueva York han expresado su creciente frustración por el aumento del número de reclamos del Título III presentados contra empresas grandes y pequeñas.
En un caso de 2019, Price contra Escalante – Black Diamond Golf Club LLCEl tribunal escribió que “la avalancha de estos casos ha superado cualquier regulación del Departamento de Justicia sobre lo que las empresas deben hacer para tener sitios web que cumplan con la ADA, y los tribunales no han llegado a un consenso”. En ese caso, un residente de Florida había presentado más de cien demandas amparadas en el Título III contra empresas de la zona de Daytona Beach, siete de las cuales eran contra clubes de golf. Al mismo tiempo, se determinó que el demandante no tenía intención de frecuentar ninguno de ellos. Al final de su dictamen, favorable al Gold Club, el tribunal opinó que “...la idea de sitios web universalmente o totalmente accesibles es esencialmente un mito dadas las limitaciones tecnológicas actuales”.
En los últimos dos años se han presentado más de cuatrocientas demandas similares en Nueva York. Más de cien se presentaron tan solo en octubre y noviembre de 2019. La mayoría llevaban los mismos nombres de demandantes contra empresas que ya habían demandado. Si bien la ley permite la presentación de demandas duplicadas, los tribunales generalmente buscan un perjuicio concreto o particularizado para el demandante.
En un caso de Nueva York de 2019, Himelda Méndez contra Apple, Inc.El tribunal exigió a la demandante que proporcionara la fecha del intento de acceso a la tienda física y el producto que no pudo adquirir. Posteriormente, el tribunal falló en su contra, siguiendo el ejemplo de otros tribunales al desfavorecer demandas recurrentes contra sitios web de la ADA.
¿Hay alternativas?
Según el Departamento de Justicia, cualquier empresa que tenga un sitio web inaccesible también puede cumplir con la ADA al proporcionar una alternativa accesible para que las personas disfruten de sus bienes o servicios, como una línea de información telefónica atendida.
One Response
¿Puede recomendarme un abogado de Nueva York que defienda demandas por sitios web ADA?
Gracias,
Jeffrey Weinsten